Page 594 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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interórganos, así como una limitación del poder  Señor Presidente, éstas son nuestras reflexiones
                  central por la fuerza de los gobiernos descentra-  sobre la primera materia que este capítulo com-
                  lizados.                                    prende. Yo pido su autorización para permitirme
                                                              reservarme a una segunda intervención los otros
                  Pues bien, señor Presidente, de los modos de  temas vinculados al voto de los militares y a los
                  participación que el proyecto consagra, nosotros  partidos políticos.
                  precisamos lo siguiente: primero, el referéndum
                  no sólo debe establecerse para las materias con-  Gracias.
                  sagradas, vale decir, el referéndum constitucio-
                  nal, el referéndum legislativo y el referéndum  El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.
                  local, sino que debe ser extendido cuando menos
                  a las siguientes tres circunstancias: al referén-  Han pedido la palabra los señores Ernesto Ga-
                  dum de arbitraje, el que surge ante el conflicto  marra y Enrique Chirinos. Como dije anterior-
                  de poderes, como lo hace la Constitución ecuato-  mente, estamos dando preferencia a todos los
                  riana, y que representa un mecanismo alternati-  grupos políticos. En el caso suyo, doctor Barba,
                  vo para desbloquear el entrampamiento consti-  un conspicuo miembro de su bancada ha hecho
                  tucional; el referéndum para la revocación del  primero el uso de la palabra.
                  Presidente de la República, lo que se propone en
                  uno de nuestros artículos en el proyecto alterna-  A continuación, vamos a pedir que un represen-
                  tivo; y el referéndum sobre ciertas materias es-  tante del FIM haga uso de la palabra; después
                  pecíficas, como la consulta territorial y otras que  un miembro de Renovación.
                  la ley precise.
                                                              El señor GAMARRA OLIVARES (FIM).—
                  Adicionalmente, es indispensable señalar —y el  Señor Presidente: Como usted podrá apreciar de
                  proyecto en mayoría no lo hace— que la consul-  las últimas intervenciones, se hace necesario una
                  ta sólo puede nacer de la iniciativa popular o del  discusión tal como la planteaba la cuestión de
                  Parlamento y nunca del gobernante, a efectos de  orden que se presentó. Efectivamente, este capí-
                  eliminar el riesgo de una democracia plebiscitaria.  tulo se podría dividir en tres partes, cada una de
                                                              ellas con igual importancia.
                  De otro lado, la consagración de la iniciativa le-
                  gislativa debe también tener como correlato el  La primera parte es la que se refiere al sistema
                  veto popular a las leyes, consecuencia lógica de  de participación popular de la democracia, ya no
                  la anterior figura; si hay capacidad para propo-  solamente la representativa sino la directa. En
                  ner una ley popularmente, hay también capaci-  particular, a nosotros nos interesa mucho el tema,
                  dad para impedir que ella entre en vigencia.  porque el FIM presentó en noviembre del año
                                                              1990 —en esta misma Cámara, cuando era la
                  Somos cautos en la generalización de la figura  Cámara de Diputados— no solamente un proyecto
                  de la revocación, no sólo porque no encontramos  para la revocatoria del mandato, sino un proyec-
                  suficiente asidero doctrinario a la contradicción  to para la renovación del Parlamento cada cierto
                  entre la predominante tesis de la soberanía na-  tiempo. Igualmente, presenté un proyecto para
                  cional y el mandato no imperativo, sino porque  la rendición de cuentas de parlamentarios y otras
                  vemos con preocupación que ella pueda contri-  autoridades.
                  buir a una desestabilización.
                                                              Lamentablemente, en esa oportunidad estos pro-
                  Por ello, sólo la proponemos ante un caso evi-  yectos ni siquiera fueron admitidos a debate, pues
                  dente de conflicto, como puede ocurrir entre el  no contamos con la mayoría necesaria para di-
                  Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, circuns-  cho efecto, porque votaron en contra de nosotros,
                  tancia en la que, tras un debate y con una mayo-  tal como lo ha expresado Lourdes Flores, por ra-
                  ría muy calificada, desde el Congreso se puede  zones principistas y doctrinarias, los represen-
                  hacer la petición de un referéndum para la revo-  tantes del PPC; pero tampoco apoyaron estas
                  cación del Presidente de la República, como lo  iniciativas ni el Partido Aprista ni Nueva Mayo-
                  hacía la Constitución francesa de la Cuarta Re-  ría-Cambio 90, que estaban presentes en la Cá-
                  pública.                                    mara.
                  Somos conscientes, sin embargo, que existe una  Curiosamente, esta tesis que nosotros plantea-
                  sensación popular de la necesidad de contar con  mos en el año 1990, que fue uno de nuestros pri-
                  instrumentos idóneos para librarse de la autori-  meros proyectos de ley de reforma constitucio-
                  dad corrupta e ineficiente; la pregunta es por  nal, fue rechazada por quienes ahora —y yo me
                  dónde apostar. A nosotros nos parecen mejor pro-  felicito de ello— han recapacitado y han incorpo-
                  cedimientos judiciales idóneos o mecanismos  rado este tipo de instituciones en el proyecto de
                  institucionales de control.                 Constitución.



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