Page 215 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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hasta por veinticuatro horas, está siendo maltra- Aparte de ello, no es lógico decir "nadie puede
tada desde el momento que se dispone que sea ser víctima de violencia física o psicológica", cuan-
puesta en un calabozo. Quizá ni ha cometido un do sí lo puede ser. Desgraciadamente, sí pueden
hecho delictivo, y al estar dentro del calabozo o existir la tortura y los tratos inhumanos y humi-
ser tratada mal, se está atentando contra el sis- llantes; el asunto es que ellos no son legítimos.
tema neurovegetativo de ese ciudadano. Al aten- Creo que hay que entrar de frente al problema:
tar contra su sistema neurovegetativo, se está son ilegales, son ilegítimos la tortura y los tratos
produciendo la violencia psicológica. Y si noso- inhumanos y humillantes, y luego viene el resto
tros demoramos en el trámite de ir a buscar el del texto.
juez, estamos, pues, consintiendo que dentro de
las veinticuatro horas la persona haya sido vio- Evitemos repetir en el literal i) de este artículo
lentada. lo que ya está dicho de manera clarísima en el
artículo 2º, y procuremos una redacción que sea
Sucede, y voy a poner un ejemplo, que una per- directa y que no diga algo que no tiene sentido.
sona, por pleitos familiares y a veces siendo tes-
tigo, concurre al local policial. Ahí dispone el jefe El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el
policial que pase al calabozo o le da un maltrato. doctor Torres y Torres Lara.
Esa persona, a partir de ese momento, está en
un desequilibrio emocional. Si él si puede, o El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
un familiar, un amigo o cualquier otra persona, C90). Señor Presidente: Hemos avanzado con
recurre al juez, ¿qué tiempo ha transcurrido? Si una nueva redacción, recogiendo algunos de los
hubo violencia psicológica, no se sabe si dos días planteamientos que se han dado, que diría así:
después se podrá probar; si ha habido violencia
física, tampoco hay seguridad de que se pueda "Nadie puede ser víctima de violencia física o psi-
probar. En cambio, señor Presidente, si se obvia cológica, ni sometido a tortura o tratos inhuma-
la necesidad del trámite de recurrir al juez, creo nos o humillantes. Para este fin, el juez debe or-
que vamos a dar más seguridad a la persona que denar de inmediato el examen médico de la per-
es privada de su libertad. sona agraviada o imposibilitada de recurrir por
sí misma a la autoridad. Las declaraciones obte-
De ahí que me permita proponer que el literal nidas por la violencia carecen de valor. Quien la
quede redactado en la siguiente forma: "Nadie emplea incurre en responsabilidad".
puede ser víctima de violencia física o psicológi-
ca ni sometido a torturas o tratos inhumanos o Estábamos discutiendo la participación del mé-
humillantes. Cualquiera puede solicitar de inme- dico, que es una importante sugerencia que se
diato examen médico de la persona privada de su nos ha hecho llegar; pero no vemos cómo se pue-
libertad. Las declaraciones obtenidas por la vio- de ordenar el examen médico si no es a través de
lencia carecen de valor. Quien la emplea incurre la autoridad judicial.
en responsabilidad".
Si el honorable miembro de la Cámara nos expli-
Señor Presidente, ruego se valore este aporte. ca, con mucho gusto.
Gracias. El señor PRESIDENTE. Puede interrum-
pir, señor Donayre.
El señor PRESIDENTE. Puede hacer uso de
la palabra el doctor Manuel Moreyra. El señor DONAYRE LOZANO (CD). Con
su venia, su señoría.
El señor MOREYRA LOREDO (SODE).
Señor Presidente, una vez más, creo que hay que Si la persona que es detenida, o los familiares o
abreviar, y me alegra mucho que en la última alguna persona enterada, concurre al local poli-
propuesta se haya eliminado el texto que dice: cial con el médico que bien puede ir acompa-
"imposibilitado de recurrir por sí mismo a la au- ñado por el abogado, entonces obviamos al juez.
toridad si cree que aquella es víctima de maltra- El problema es que cuando se recurre al juez,
to". con el recurso de hábeas corpus, éste tiene que
concurrir de inmediato. El caso es que si no hay
Es redundante aquello de que nadie puede ser disponibilidad en determinados pueblos del mé-
víctima de la violencia física o psicológica, ya que dico legista, ¿a quién tiene que recurrir? A un
la declaración de que las personas tienen dere- médico particular; pero si el médico particular
cho a la integridad física y psicológica está en el está con demasiada clientela, ¿qué sucede? Que
inciso 1) del artículo 2º. en horas ya se ha producido eso que yo llamo el
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