Page 145 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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Creo que la parte final debería decir: "salvo or- El punto está en lo siguiente: la Policía Fiscal,
den judicial o se evidencia flagrante delito, en cuyo cuando hace estos allanamientos e inspecciona
caso la documentación se pone de inmediato a libros, tiene toda la potestad del mundo de to-
disposición del juez que corresponda". De esta mar copia xerográfica o lo que fuere. A lo que no
manera, se preservaría los intereses del fisco, fun- está autorizado es a sustraer el libro, salvo que
damentalmente, que, de no permitirse una in- tenga orden judicial. Estamos tratando de defen-
cautación dentro de las condiciones que estoy der los derechos del ciudadano, inclusive del con-
señalando, quedarían desprotegidos. tribuyente, porque no es delito en el Perú ser
contribuyente.
Reitero que sería así: "salvo orden judicial o se
evidencia flagrante delito, en cuyo caso la docu- A propósito de lo cual, nuestros amigos periodis-
mentación se pone de inmediato a disposición del tas, en algunos casos, se han equivocado al decir
juez que corresponda". Con esto se cautelaría si- que hemos perdonado la evasión tributaria. No
tuaciones que es muy probable que se den en la hemos perdonado la evasión tributaria; lo que
vida diaria de nuestro país. hemos hecho es declarar que la deuda tributaria
no produce prisión. La deuda; pero la infracción,
El señor PRESIDENTE. Después del señor el engaño, la defraudación, son delitos.
Sambuceti, se le dará la palabra al señor Chirinos.
Me pide una interrupción el señor Cáceres.
El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).
Señor Presidente: Con respecto al inciso 10), se El señor PRESIDENTE. Doctor Cáceres,
dice acá: "Las comunicaciones, telecomunicacio- puede hacer uso de la interrupción.
nes o sus instrumentos sólo pueden ser abiertos,
incautados, interceptados". Esto quisiera que El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
fuera aclarado. ¿Un juez puede ordenar intercep- (FNTC). Señor Presidente: No me estoy refi-
tar una comunicación? Ésa es una pregunta. riendo al caso de la intervención de la Policía en
general, sino exclusivamente de los funcionarios
Luego, en el párrafo final, se dice: "de ningún tributarios, lo que en este país se multiplica a
modo pueden incluir su sustracción". ¿Una or- diario; sobre todo con ocasión del comercio am-
den judicial puede sustraer uno o varios docu- bulatorio, que tanto ha proliferado.
mentos? Ésa es la segunda pregunta.
Por eso, en la parte final de este inciso, en la úl-
Nada más, señor Presidente. Gracias. tima frase, se dice: "salvo orden judicial". Yo pro-
pondría que se agregara: "o de evidenciarse fla-
El señor PRESIDENTE. Puede hacer uso de grante delito, en cuyo caso se pondrá la documen-
la palabra el doctor Chirinos. tación de inmediato a disposición del juez que
corresponda".
El señor CHIRINOS SOTO (R). Señor Pre-
sidente: El doctor Cáceres Velásquez está sugi- Esto es para prever la evasión tributaria, que en
riendo, por una parte, meramente modificacio- este país es una institución; y que, de no consig-
nes de redacción. Una ya la ha sugerido el inge- nar nosotros un dispositivo como el que sugiero,
niero Sotomarino con la que estamos de acuer- va a encontrar una cobertura mayor con lo que
do para que diga: "A la inviolabilidad y el se- se está proponiendo.
creto de las comunicaciones y de los papeles pri-
vados"; de tal manera que el adjetivo "privados" El señor PRESIDENTE. Puede continuar,
rige tanto a "papeles" como a "comunicaciones", y doctor Chirinos.
no haría falta poner "y del mismo género".
El señor CHIRINOS SOTO (R). El arbitrio
Enseguida decimos: "Las comunicaciones, tele- policial o de la autoridad tributaria sería muy
comunicaciones o sus instrumentos sólo pueden grande si pudiera sustraer libros sin orden del
ser incautados, interceptados, abiertos o inter- juez. Lo que puede la Policía, y lo que puede la
venidos por mandamiento motivado del juez, con administración tributaria, desde luego, es, cuan-
las garantías previstas en la ley. Se guarda secre- do realice el examen, tomar todas las copias
to de los asuntos ajenos al hecho que motiva su xerográficas que le parezcan y enseguida pedir
examen". El doctor Cáceres quiere ampliar las al juez que se sustraigan los libros. No se corre
atribuciones de la Policía, que son las que noso- ningún riesgo, se protegen los derechos del ciu-
tros deseamos restringir. Él dice: si la Policía, en dadano. De modo que la Comisión no acepta la
un libro que está revisando con orden judicial, sugerencia del doctor Cáceres.
encuentra un flagrante delito, en ese caso se que-
da con el libro. Nosotros no queremos dar esa El señor PRESIDENTE. Disculpe, señor
atribución a la Policía. Sambuceti, usted ya hizo uso de la palabra.
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