Page 143 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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El RELATOR da lectura:                      puede ingresar en él ni efectuar investigaciones
                                                              o registros sin autorización de la persona que lo
                  "Inciso 8. A la libertad de creación intelectual,  habita o por mandato judicial, salvo el caso de
                  artística, técnica y científica, así como a la pro-  flagrante delito o de muy grave peligro de su per-
                  piedad sobre dichas creaciones y su producto. El  petración. Las excepciones por motivos de sani-
                  Estado propicia el acceso a la cultura, y fomenta  dad o de grave riesgo son reguladas por la ley."
                  su desarrollo y difusión."
                                                              El señor PRESIDENTE.— Doctor Torres, tie-
                  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra,     ne la palabra.
                  señor Torres y Torres Lara.
                                                              El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
                  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-          C90).— Señor Presidente: En este inciso se ha
                  C90).— Señor Presidente: Este inciso recoge el  dejado la misma redacción contenida en el inciso
                  inciso 6) del artículo 2º de la Constitución de 1979,  7) del artículo 2º de la Carta de 1979, incluyén-
                  con pequeños cambios que se ha considerado con-  dole solamente una palabra, el término "grave",
                  veniente introducir: en primer lugar, que la li-  para brindar una mejor protección al derecho de
                  bertad de creación, además de la intelectual, ar-  la inviolabilidad del domicilio; la expresión dice
                  tística y científica, debe incluir la expresión "téc-  ahora: "Las excepciones por motivo de sanidad o
                  nica"; y, en segundo lugar, que el derecho a la pro-  de grave riesgo son reguladas por la ley".
                  tección no solamente debe ser a la libertad de
                  creación, sino también a la propiedad sobre di-  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los
                  chas creaciones. Y, adicionalmente, un tercer agre-  señores congresistas que aprueben el inciso 9),
                  gado pequeño en el que se indica que es obliga-  se servirán manifestarlo poniéndose y permane-
                  ción del Estado fomentar el desarrollo de la cul-  ciendo de pie. (Votación). Los que estén en con-
                  tura y su difusión.                         tra. (Votación). El inciso 9) del artículo 2º ha sido
                                                              aprobado por unanimidad. (54 votos a favor).
                  De tal manera que, en realidad, se trata del mis-
                  mo concepto que ya está señalado en el inciso 6)  —El texto aprobado es el siguiente:
                  del artículo 2º, al que se le incorporan tres pun-
                  tos, que también estarán contenidos en la siste-  "9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede
                  mática de la nueva Constitución, pero que se ha  ingresar en él ni efectuar investigaciones o re-
                  considerado mejor reunirlos en este inciso 8). La
                  protección no debe ser sólo a la libertad de crea-  gistros sin autorización de la persona que lo ha-
                  ción, sino también a la propiedad sobre dichas  bita o por mandato judicial, salvo el caso de fla-
                  creaciones. Esto es muy actual, sobre todo en estos  grante delito o de muy grave peligro de su perpe-
                  momentos en que no se respetan en nuestra so-  tración. Las excepciones por motivos de sanidad
                  ciedad los derechos creativos, lo cual nos perju-  o de grave riesgo son reguladas por la ley."
                  dica internacional y nacionalmente, por supues-
                  to. De momdo que, prácticamente, es el mismo  El señor PRESIDENTE.— Continúe, señor
                  inciso.                                     Relator.
                  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los    El RELATOR da lectura:
                  señores congresistas que aprueben el inciso 8)
                  del artículo 2º, se servirán manifestarlo ponién-  "Inciso 10. A la inviolabilidad y el secreto de los
                  dose y permaneciendo de pie. (Votación). Los que  documentos privados y de las comunicaciones.
                  estén en contra. (Votación). El inciso 8) del artícu-
                  lo 2º ha sido aprobado por unanimidad. (54 votos  Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus
                  a favor).                                   instrumentos sólo pueden ser abiertos, incauta-
                                                              dos, interceptados o intervenidos por mandamien-
                  —El texto aprobado es el siguiente:         to motivado del juez, con las garantías previstas
                                                              en la ley. Se guarda secreto de los asuntos ajenos
                  "8. A la libertad de creación intelectual, artísti-  al hecho que motiva su examen.
                  ca, técnica y científica, así como a la propiedad
                  sobre dichas creaciones y su producto. El Estado  Los documentos privados obtenidos con violación
                  propicia el acceso a la cultura, y fomenta su de-  de este precepto no tienen efecto legal.
                  sarrollo y difusión."
                                                              Los libros, comprobantes y documentos de con-
                  El señor PRESIDENTE.— Continúe, señor       tabilidad y administrativos están sujetos a ins-
                  Relator.                                    pección o fiscalización de la autoridad competen-
                                                              te de conformidad con la ley. Las acciones que se
                  El RELATOR da lectura:                      tomen en este sentido de ningún modo pueden
                                                              incluir su sustracción o incautación, salvo orden
                  "Inciso 9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie  judicial."


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