Page 250 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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E¡ lo quc se relic¡E al d¿Écbo de j¡i, dificilnenie log¡able con la disposició¡
plmteamie¡io es que !.cs:rrrda. Dcbe¡ a¡ul¿¡se los linir€s
estc debe scr rnp¡iado a dos ripos de dc cdad ¡ra pcsiular y ej¿r.or c.rsos
o¡ganizaciones: tas ory¡nizacio¡es ¡abc a nivel d¿ Dipuiad.s y scnador*y de¡é
rales y porrula¡es, y a los colesios !rc d.ja^c al eledor eLopiar en st: térg
fesionalEs cn Ia mat:ria de sü conperen- no¡ ñás ari¡ cor las expe.iacias {ividas
cia, de úáncr¿ de dar nna Daritipación
a las oieanúaciores sociales. En esle ¡or €nas cotrsideracio¡os, seno¡ ?r:-
senlido entendcúos, que et ddecho de sidenre, es qüe haccnos llegar esros
iniciariva debc rnllicd indrdablemenrc Dla¡tünientos ce.tales a ¡a Asanbletr,
a nñ¿l de las Comisiones de los Cána, lam qr: sar rona.lós e¡ cuenta y pue.
d. nodificar* el Crpltulo sobre et po,
Er ]tqe se ¡efiee a los dislositivos d.r I-egislaiivo. cmcis,
sobre la insiste¡cia en lá for¡rna.ión
de Iás leycs, enrendemos quc nay b pc EI seíor TRESIDENTE-Tjeie la pa.
sib'liCád, po¡ las disposicio¡es p.opu¿s lábra ¿t seño. RamiEz de¡ villá.
ias, de que üD ley Éc[azada en ]a cá-
i¡v¿rsa, cole ¿] EI SENOT RAMIREZ DEL VILLAR._
¡iesso de lerd3r su e¡i.acia. ?osdos señó¡ ?cide¡le: co¡sideúmos que el
!o¡ eso qm es más tuDcianat y ctedivo ¡echo ds quc la Aslnblea háya recorta-
el ¡rticulo 127' de la Con*itución aa do el caDftulo sobre arribución det Esa
do, o s¿. so¡¡e el ¡égimen poliiico qú
lual que establ.ce qre las insisrenciN
debe reEi. o el !als, ha
s.án r¡sueras por el cons¡eso. !¡oAücido !n
tastrucqu€ e¡ el debaie, .tsde El nc
E¡ 1o qu¿ se refi¿rc a las óbsenacic
mento de quc esre que ¿s fuda.
res d¿l Preside¡ne de Ia Repúltica, te lun¡o
mentll y q¡o de¡i! inf!¡ñar la rotati-
¡mos ranbién ati¡cen.ias a tos Dtan-
dad d€l rt1ulo e¡ de¡rte, !a quedado pa-
Eani.¡tos üechos €n
pueden o.asiónar el que se trabe ta sa. !óre.ior. En cons¿
cu¡ncia, scñor Prcsldoie, ¡os ¡ese¡v¿.
,ida de üna dislosición legal al proFc
nos el derecho d: pla¡rear ¡uestro prn
¡e¡s¿ nD haya¡ia excesiv. paú la ap.o.
10 de vista, sobre el !od:a so¡re la o¡
gániación del Esrado y sobrc los prin-
E¡ función de enos lla¡rranienios,
pensamos q!¿ debd producirsc Dodi cipios filosóficos quo info.mtu nue*¡o
¡icacioncs cenkales a Ia p¡opu.fa ha ¡lanleami!¡to !{a el monenlo d que
se debata ele asünlo. Aho¡a nü re¡e
cha, propue$a ror la cual ¡o concorda-
mcs desde El ln¡to de vista de los pri¡- debare, o ssa el ?ode¡ Lecislatño.
cilios, €n razón del Estrdo: no d¿f€n-
Si áralizamos, señor P¡esidente, ias
dcmós ua divjsión d¿ pode.es e¡tr. el
dive¡sas inte¡vcnciones nechas e¡ era
Ejecldvo y sl L.sislarivo, sino que plan
Sála,lleg¡mos .la.onclusjón de qle e¡
r:anos h conca mción d¿l !óder en la rea¡idad son muy pocss 16 difcE¡cis
que tncmos cnlre unos y ot.os¡ a pesar
Sin smb¡Eo, conydsamos que e¡ t: de qüc algunas de ellas hay:n sido pB
tórñrl¿ pr.lucna po. l, Coñi'on do senrrdas co¡ un ca.Ácier casi d¡anáii
b3 brialecersE el poder d¿l Parlamerlo, co; y es que ¿¡ rslidad, si se analiz ¡a
y deSs disrinuirse, en !é¡ninos g¡oba- conpostión d! los Prrlamcrlos cn el
lés, ¡6 aúibuciores dadas ál prcs!.i:nts mundo ot:m, scan ésoi del réCime¡
de la República y a la comisión P:rDa. o.ci¿e¡tal o &¡ iéCimen soctrlist4 se
nc¡te. Debc¡ añpliarse los ¡eriodos de ¿.conúará que la Dccánica inie.na de
la I-egislatuE Ordjnaria asl como facili, los Parlane¡tos so¡ casi 16 mismas,
iase lá posibilidad de convocaroria a simFr¿n:ntc cucs
Lcgisl.tu¡a Exr¡aordinaria, qE atarece tio¡¿s de d¿tallc, lorqu€ y! se ha €ve