Page 246 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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luc¡los po¡ los qn¿ fleron elesidos, ¡o. üna relación i¡dkolulle y diÉcta e¡te
esll razón, es necesario q& los niem- el ejercició del gohier¡o y la .eprese¡ta
bros de la Asanblea Pópula. o der Podd ción pdlan¿rLa¡ia, ¡or olra larie deo
Leeislativo @¡úcn sien¡r€ m consulia que esi! co'cepctón no es nuela y si h
popllar, en cons¡lta co¡ lás organüacio- lodenos áplicar po¡ su carácier fu¡cio.
¡es obroras y canpesiras; es dEcir, co¡ ml y denooárjco, qne elimine las dis.
iodas las o¡ganiza.iones ¡e!resc advas rarciás entÉ los dos Pode¡es del Esra-
del püeblo incldy¿ndo ls inrel€ctüles. do, enro¡cs r3solveria m!.hos ¡roble-
Eso es todo, s3¡o¡ ?Esidsnte. nas, dte ellos er problena de las dos
tuelbs pa¡a elogi¡ PrcsidentE de la Re'
El señof PRTSIDENTE_T]e¡o la pa-
labra para coDllebr el iiemF el señor Cr@ tmbién qüe um cón-lción de]
rcp¡escniante Delcado B¿id- Estado t¿niddo d ?arlanmio cono
pdmer po.l¿., peniti.tu u¡a rEnovación
El seño¡ DEI¡ADO BE ^R.- SEio. o ua allemció¡ en la polilica ejücida
Presid:nte: Mu.¡o se ¡a babládo o el lor los Eobiernos, de marda mucho ñás
Irac acerca d¿ que et !¡iner Fodc¡ del radil]leen fúnci¿n de l$ ¡eÉsitlades del
Eslado d:be s* el Poder legtslariú. yo de la denanda de ll opi¡iól úcie
!ais,
conplr¡oco¡ esta oltnió¡; si¡ enbarco, ¡rl, de los s.cloros orgmizados y de]
.oto qüe ¡o exisLE Ia dchida consecu@. lue¡lo €¡ general. ?or lo ¡an!o, si;e
cia co. esic pr:ccpro, si el P¡rránaio qliee u¡ gobidnó tuncio¡al, u¡ gobier-
hera el primer poder d, Erado, real- no en el cral €l Parlamenro qúd re!.esen.
nenre las aribxciones deb:rian ser con, r¡ ll úluntad ¡ópula. E¡ga una direc'
e enies con hl ripificación. Te¡snos ta rcspo¡sabilidad y pa¡ticipación er la
e¡ cl nundo a¡undanics ¿jemplos, 1a¡ la¡or del gobierno, crco quE debié.amos
!o e¡ laises socialistas cono €n paises akerd bdo el r¿xio que se ¡efiere a los
capilalisiás, d: Erado o.$niz¡dos en Podcr:s del E*ado y larer ua e*ruc-
b$e jlramente al PIlam3nlo como hh en Iá curl del Poder Lecislati'o na-
lriner !ode. del Esiado. Y es !¡imer ce el6.bino!: mi¡istdial de composi
poder dC Estado, por clan¡ó Aet Pa¡I. ción nutioartid ir, rcforzando ]a au-
menio nrc el propio Poder Ejecutfio, o roridld det P.áidmte de la Repirblica
n:jo¡ di.ho €l cobierno. Desjgn¿ ál ?¡i- pa¡q que no sa un simple Jefe noninal
ner Mj¡istro y a su Gabinele de comlto dcl Estádo sino que llde el cárco de Ce
siclón nultipatida.ia. nandarlc supremo de ls Fuerzs A.
que las deie¡mi.acioncs que emanc¡ del madas, ¡o sclo €n ti¿npo de sueÍa sino
P:rl.menio son llevadas dir:clan:nrc al
soó d¿l Gobier¡o. Lógicanente el Prc Por otra ¡art¿ en caso de que c*a t:
sioenie de la Rep'l¡lica ejerce el caryo sis no prosp:r¿ lor eslar avarzado todo
d..Iefe de Eftrdo, qüe en nuhos sitios el proyecto origi¡al, sin embarCo qui¿ro
es u¡ c.¡go nómi¡al, que acá podriaños hacer algu.as obssnaciorcs a dete.ni
nosolros corrcgir esi: dele.to detorni- dos afrlcülos süsritutorios lreseniadós.
¡ando chramente qu cl Com$dante crco que tie¡e muchas virtudes el p¡o-
snpreDo de las FDerzas ¡rñadas en tG y:cto o¡isinal le la conisió¡ P.i¡ci!¡tj
do tiempo cs cl hesidcnte .L la Repú ne paree mtrr' posirivo el árricllo 1331
blim. Asi ¿l Pr¿sitlenic es Jef, de Esh.ro e¡ s¿ concspció¡, po¡qu¿ ali j!*anen
y es Jefc de las ¡ue¡zas Arnadas. re nantercnos las ¡i.ibuciores qüe de-
El P:rl.n¿.tó elige él sislema de go. ¡er dctecr¡r los ¡sp.esenra.lcs del püe
btr¡o, rcmb¡a al ¡rime¡ MinisL¡o y at ¡lo anle :l ?árlamenlo. Tsmbié¡ d¿o
Gabi¡eie de ..ñ¡osición mul.ipafrida- el é*a¡lecimienb de
diá, quc cr al8lnos casos so¡ en p¡opo¡ rcquisiros resri¡cidos !a.a sü leEisl¡
cioni qle cl nrismo Parlamento reflcje, dói a sd solanerre le¡ua¡os dc naci
Est: seri¿ un p¡inc¡ paso pa¡a quc sea mi¿¡1o, is¡er vei¡licinco o r.ci¡rici¡co