Page 252 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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Es de ¡otd, Éñor PresidEnté, que en lació. sea mucho más úad¡ra y ses mu-
1re nosorros la lórnüla fünciotul tiene dro más nedil.da en sus consecui¡cias.
aniea.ientes hist¿ricos inle¡esmres, De ral mdem, que 6ra solá razú seía
pó¡qué tue B¡rtoiom¿ HeÍera, ¡da sulicie¡re, en nü¿slro
tu€¡os qr repnsen¡de @r co.sérya, áceltar, cono heaos a@prado, qúe !a
dorismo cn el Pe¡n, El qúe planteó por y¿ un sistená bicaneral, o ncjor dicho
princro v¿z en el ano 13ó0 la con*itu. que el sisteúa f¿dicional cn el Peni de
ción de un Senado semi-lolltico, seni. dos clm¡s se manrénga y se co¡sa-
lu¡cional, Era id¿a no p.só, Iue relivi gr: ¡úevam.nte e¡ la Conritucitu que
da cn los de¡ats del consreso co¡sli-
llyente del anó 31, y l1e3ó a ¡l.snarse
e¡ la Co.sritución del Estadó.lel aío 33 De oh lado, señor Presidenie, corsi-
cono u smado Funcio¡al, lc¡o qú: deranos que si ¡ier es ciero que for-
.unca lesó a i¿¡er úee¡cia, ¡o sólo lor nalne¡¡e el roder lrctulaliro es cl más
las razones Ae 6rc en el lais ¡o es!án imlortante desde el nomentó que mr-
los sremios orsanizados y la difielrad ma alosorrcs dG Pod*s,la le.dad de
de pod:. da3fñina. qué úñero lc .o. las cosás es quc paa decirlo e. ié.mi
r.espcnde a ca¿a nno de ellos; sino, bá- nos más corrients, el rrimer Poder b
sicament¿, porque la esencia nisna lle. sultá el Eje.ltivor ¡orque en realidad,
vaba al Drédomi¡io dc la mino¡ia sóbr: dento de m .é€ime¡ denocúti.o, ¡o
h nayo;a, cono lo d:cia er proyecto de puede hablarse de la ¡rinacia de un ro-
conr¡ución dei año 31, al doni¡io de de¡ sobÉ los otós dós, porqúe Ia base
lós iécnicos q!: conocen de la natefla €shcial es el dc eqLiili¡rio otre €llos y
y de la Cra¡ nayo¡i! que ¡o so¡ té.¡i qne ro iaya njnelm qu¿ sobre?ase el
cos en €strs csp3cialidads y qú¿ por
consigliente a 1l larsa ó a la coÍa r+ La vieia tesi¡ de Montsquieü er el
sülta¡a si¿nprs el p¡edominio de Ia ñi s¿ntido de que e¡ Poder rua al Podet
noria sob.e la nayoIia. sie@ sie¡do roCavia !n doCna enire nG
Repito, pü6, s¿ñor lresidenle, qú¿ sotros, tnclusiv¿ de quien¿s cono el que
¡oy dla est¿ sistma de cámarás tun- ¡rbla, que no es páitidario de secnii
cio¡¡les o como quiem llanárseles, mmtenie¡do ls temi¡ologla de Pod+
no ensten er nj¡cuna parie del úündo. s, pórque Es evidste que si la sobe
ODién sabE si trr reaEó d: él quedó en .mia racional es nná sola, el Poder q¡c
ia cor*itución ]asoslñu del año ?3, €nma d: esa sobe.ania es lno solo, ló
que üa sido laulltt.amdié modificado que hay e6 difermia de fúnctona, Hay
y me paree que en Ia ,thina córfit¡- una frnció¡ leeislariva, nay úna lDciót
ciól tmbié¡ iá desaparecido. ejecüriva, nal.llanada asi porque sn
_
Es ¡ecesario ierer !¡esenie, que 0n et Éelidad es una sola tu¡ción de go¡icr-
pro¡lema de bicame.alisno quc ha si no y ua furciél jurisdiccio.alj P:ro
do radicionár s €l ?¿¡i, l¡ razón füda- €so es ror Fzóh de 1a dilisió. del tá-
ne¡tal que se da, és ta de !n nejor d: ¡ajo y m razó¡ imbién lÓ¡ .l ncccsa-
b¡ic de las disposicioes qle se som+ lio equilibrio, [alarce y conlrabalance,
ten a la co¡sidsaciór de las CáDars; y cono 10 llam:!
€s ciefo, seio¡ ?¡esident¿, qüe alre que deb3 exislir entre esd Poft.es, a
qúe es müy esponr¿ fl¡ de que uno no predoninE spbre los
n¿o e¡ sns exprenones, un lar que mu. dmás. Sólo ¡a üejs i¿sis de qúie¡ pre'
chas lec¿s s d.ja lleur por lñ emociG domina anplia y &fi¡ilivame¡re sobr:
!:s mÁs que por el racioci¡io, el hecho 1os o¡ros dos Pode¡es que ló sajuzso,
es qne lna sola Cámara cons¡iraria con- cae en ose tipo de diciadura qú. puede
tra la au$erid¡d de l¿ lcgislación. Un ser d¿l Ejecutivo cono d:l ltsislativo.
estudio ñás úeditado ¿ !F és dE u¡' l¡ verdad de las cosas, es qúe co¡ la
sesnndá cánará,iouiFa a que la legit evolrci& del ii.ñpo, el Pode¡ Ejecüli