Page 254 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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vados; ¡3ro quc, ¿¡ cambio, si ese Re parlamenrarios ya 1a bcmos vcnido cm
slamhlo delimiia lleando e¡ esrá úisna Asanbl¿a y cs.
fudamenláles, como rá r¿cosida en los Reglanenlos Int€.nos
son el ¿: elcgi. a s p¡opias Junias Di de las Cáñaras de Senadores y Dipúa-
¡ectilas, adeglar su e.onomta, sancio- dos de otr6 ¡ales y lo qüe qreda¡ia
¡a. su p¡Esupueso y dsEmi¡¿r cóno es darle un rol co.s¡itucioml.
se co¡s¡ituye¡ las comhio.s ¿n el se Asi la úliima conriiuciór portucn+
¡ado y ¿n la cána.a de Dipu!ádos ])ara s, por ejenplo, liene una disposición
ra ñejor legislftió¡. *F.esa, ¿n la cual nos inspiramos, pa
De oi.o lado, senor Presidenie, consi- m qDe se có¡s¡ltucionalicd los grupós
dennos laúbi¿n, parlamentarios, dándoles ls aidbuciG
co.pb¡ar al texio o¡srituciónlt u¡ pu¡' nes que deben r4er; o sea, no es sim
pbmenie l. astupacióh de quio.es so¡
ió qúe habiamos incluldo en el lroyec-
ro óricinal, quJ sirvió d: base ¡ara et o¡eeidos dent.o de ¡n Érrido o partidos
tc capiiulo y que se refic.€ tundamen- lfires o dé coalició¡ ó alianzas, sino las
lalmcnt a la f.culrd discilli¡aria quc a¡ibücjones qrE estos cruÉos dtrbe¡ tc
¡iencn los Pad¡ne.ios para cpn sus ner, coúo po. cj¿nP¡o d la P.e$¡ta-
propios mi¿mb¡os. Hash hoy efo ¡! ción de dctermi.adas i¡icialivas
quedado r¿l:ga.lo a los ReClamentos h- De oro lado, señor ?reside¡le, cons
térnos de cada Cáma.a, lcro cono esa ¿¿ranas asiúhmo,
lacultad discipliná¡ia puede llecar hasra error, q!: ]r¿ si¿o siñplenenteu errc'
cl ext¡emo de suslendf el ej:rcicio de ¡reca¡oeráfico, 'l no hobei puc*o en et
p¡ra ser s'ns_
¡n Dilutado o de u¡ Senador Po. cier D¡ovc.ro lrs cond'cLones
lor: porq@ 6ú ru:rcn in'luidss en d
esa es ú¡a dis¡csición d: tal inporran JebrE.onrrú.ional
cia qu: deb: scr i¡chida derim del tex- o¡¿s prqueñas ¿d ciones o modr¡crcro
to cónrnucional, a efecto de quE las Ns que tus permitiriamos sueerr'
Jünras Directivas de las Cánaras ¡o E¡ el articul. 177e sueelimos que se
a6ú*n Ae él o que el Reel¿mmto rcü! úi¿bl.z.¡ et p rntipio qúe rie: en rues'
€ drá*ico c¡ ulos casos o qr.áo¡dr.a r¡r Consriru(ion a(rual ed ei se¡tido de
rhment: beftvolo €n olros Era es u¡a qu€ nLncur cdmar¡ pueda scsionér du
forna de pena, una forna de Pena qne ¡:nLe eL re.cso de lc oúa, Polque e:n
debe eslar señaiáda en la l€y: pc¡o cG do los dos órca¡os de ú solo ?¡de¡ Y
ño ¡osotos somos los qne ¡accnos lá edmdo ini3s.ádo el ?od¿r Pór la con
ley, cfa ti:¡e que cs¡ar en lna norúa jünció¡ de ;üos, rri. inposible qne
tle ñayo. jerarquia, c¡ u¡a mrúa com pDdiera luncio¡ar uo
titucional. En ..nsscuEncia, vamos a iF
s¡ri., señor Pr€sid:n¡c, quc el articulo De iglal mme¡4
pedinenre quc figuraba !n núesúo p!o- üne de las co¡dicio¡es que se consids
ycúo +¿ debsr do si I sceptado Por ran básicas P.ra la indere¡den.ia del
r
la conisión Prj¡cipal, qu€ pase a ¡or sólo es señalarle las
mar parb del texlo consriiucióml. i¡compalibilidades
Bl orio punt¡ qué lrmbién cs inpor las p.ohibicions que ianbié¡ es1án co¡-
rmtc y qu: la coEisión Principai no lo sienadas, y las i¡nunidades a que tie'
consjde.ó y quo ueemos que si bi3n va ne¡ de.ec!o, snro que denr¡ó de las
le la poa inclui.ló, és aquei que esiá órús co¡diciones que se dan como bási
destinado m crsi todos los Parlamentós cas para lá indepe enoa, esá que Ia
del nu¡do a elnar el lerbalismo a que ley senate a los r:p¡cseniantes, 1a in'
somos tan procliv¿s los parlamentarios, denn;ación, cl enolmento, o cómo
y es es el de orCaniza¡se ¿n grupos par quie¡a llanárselc cor respecto de los
lanontariós. Es¡a disposición d€ srupós mienbros de los oi.os Pod¿r€s, po¡ lo