Page 364 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VI
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El n@cionado sffculo 461 prectsmen- si asi lo rec¡aEa el o.der irtemacio¡al.
ic s¿ ftfiere a ¿stá s¡¡vaguarda quE he Hemos ideado u cudto método qúe me
mos hecho con Ésp@b a la Constitú- parece ba*mie lndúte, Dn métodó co¡-
ción, po¡que dice qne: "el hecho de qu¿ fon¿ 5l cul, (trrdo t€¡sanos dlda sG
cl cons¿nrimierto de nn Esr¡do én obli lIe la coftti!ücionalidád d€ aleu. esti-
3a.* lor u tÉtado¡ hayá sido m.nifes pulación int¿rnácio.al, p€ro nos coNen.
lado a violació¡ de una dislosición de ga esa estipülación jnte¡nacio.a¡, I a aprc
su DeÉc¡o l.1€no co¡cemienre ¿ Ia benos coD múch6 bayoÉs requisitos.
conpst€¡ciá paÉ celebrar t¡abdG, ¡o No será sindhdte €l se¡adó el q¡e in
pod.á se. sl€sado po¡ djcho Esado có rerve¡sa si¡o hdrán q¡e ¡a ú¡* cá
ño vicio dé su co¡senlibiento á menos ma¡as selaradúenlo o ol ¡ode¡ kgis-
que €sa violación sea ñarifi¿sts y afecle larivo en pleno, a CongBo, por el !¡o
uú nóma dé importancia Iudanotd cedinienlo qu€ se establezca para la re
en su D¿reclo lrtemo", Tál se¡ia el sso ¡o@ dc la Co$titució¡, es deir, a dos
de una noha co¡sritucional que ¡o puc Lésislaluas que €s n@stro métodó ra-
de ser iCnorada por la oka pa.ie co¡rE dicional, salvo que ál rémino d€ e$ros
iantq S¿ compl€ne¡ia esla prime.a dis. i¡abajos se dispónga olm coe. ?erc lla-
losición del ptuyecto.o¡ el africdo qüe no lrest.a atencióD que ¡o * trara d
ssue, el númft 91,, qu€ exige la parlic! ura refona de la Co¡stitución, es sola-
¡ación del larlane¡to, er ls lornác¡ó¡ nm1é n¡a solennidad, m Éqú¡iio m!.
de los &atados, h rodos los casos, Ce yor; lorque el iraiado luede desa¡arG
nó¡icanenle, AntEs de la ratificación dc
ün tralado For el Presid.Dre d€ la R¿pll. ra Corstituci& quedaria reforbada sin
blica sc .eqüierc, see,ir el próyecto, d€
ta ap.obáció¡ del Poder Lcsislativo, qüe De múera que es un turto nétodo
p$a este eso e¡ esre articdo e i¿ p.s i¡teñedio ent¡e aquellos que he mencic
visto qüe se¿ el Senado, p¿.o aa¡dó ¡ádo, qüe puede¡ considmrse pro]ribi'
ap.obemos ¡as faculta¿es del Pode¡ re. tivos los uno6, po¡ elmplo Fl d€ Ecua-
eislltivo se dará la lótuula detinitila. do. y muy liber.les, treeÉdmerre l!
En er Ídcr¡ro 920, ne4os lrelisto ta lerales olros cono lós de Bélsica y €l de
losibili.ll¿ d€ qüe h alsún nom¿¡lo le Holanda. Tmbié¡ nos ¡emos colocado
pueda iniér€s{ rl Peni finar detemi- ¿n ub¡ moderada Prud:nt¿ ¡o6ición
Y
¡ado hrado, pérc que es¿ tEtado püF con ¡espectó al prcpto dé la 1ey lede'
da te¡d cisrto @miento, ci¿rlo co¡, .rat Alcnaú qúe hace pÉlalecer &b.€
fricto cor aleü@ disposición constilucio- toda noma del d¿4cho fedfri, ¡os P¡-
nal, qú€ no henos $erj.ló po¡emos ü¡a cilios y nolms d€l Der€cno I¡ta@cic
canisa de fuena qúe ¡os imrida hacer nal. los !¡incipios del Derecno I ¿mo
also qre corvenga a1 pais. Otras cons sd álgo huy dificil dq defini.. Ya esta
titlciones ya 10 ha¡ ¡sislo. Cb qr¡ mos viendo lo que está ocuri€ndo én el
hay tes sistenls que ?odrlü citarse ce .aso ¿er Ca¡al de Beacle por habeise pac-
hAo ún ar¡itFje sobre esa base, Por su
El d¿ la Co$ritución €cualo.iana qüe pate h las ¡om¡s d€l Derecho hte¡
púlib3 al sobiúo c¿lebrar hhdos en .scioúr €stán conpradidas tdbién
contra .le la Constirució¡; él 6ist€ba de las cosúnb¡cs y óste es oh ter¡tuó de
la Canri!úció¡ trancesa que áútoriza ce
leb¡ar 1rabd6 qre eslé¡ conba la Cons Hry un t¿r3r tipo rle r.aiados o con
litución a condición de qú€ er gobie¡no lcdos que en el csnpo de las r€laciones
'frra-
pida, prcvianente, una ley qú¿ refome i¡iemacionales se co¡ocm cómo
b Consnución y el sisten¡ dé ¡élcica y dos y con€nios de ¡o¡m siúpli¡i.ada",
¡lolarda que auiorüd a celebmr tara- es a cslos casos que se rcficre el düculo
dos aünque vayd co¡tra la coGtjtuciór 93i que dice: "El P¡esidene de la Repú.