Page 298 - Debate Constitucional 1978 - Tomo V
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! I J 11 Q4j!-!¡re¡dc: l!!e_br¡ y JecadG de P¿ l-errados. Oü¿da asé
ja
, ¡¿l P4.E:glSl+9¡!ry-.9e$cdú ¡ l@ml cu¡,da uicjdrd. Ouedú abotidoe tos
1br n1l ¡4lrú eierce h igf?tm s!€rg'¡!.LqJ¿s dive¡sos fuercs, ms no las 6pi.iátda. &üA'
It \.r" r-!9!e5-&@ad.1y lá.,-El]f4Poln,. des, Sólo subsiste el füe.o mitnai perc
.ig!r!-!Ldqd
".r' ¡ llj; 4eedee& sólo para nili¡áres. s€ constirucionáli
L buoonc,s que cop*n 00 :.tierL! .ons'i zár las rciones de trabeas co.pus y de
I I l!S!9nar; qlqculq afr9::. no 6 reeleci- anparc. se dea el consejo Nacio.al do
\ blsinojesrrues, d! un peüodo pr6idm- la Magisr¡aturá, encargada de
'cj . nombra :1.. F_L¿jadarcs lroponé.
!_acFo á los nagistrados. Se reconoce el dee-
res DiFloEáúlos; l los ?'efcctos y sub ciró co.sinucioml de la Corte Súprda
!ftfe.bs; y a los nasisr¡ados, qeln de ¡acdse p.dsote cn ¡6 debat¿s !áF
a tos sülemosi cic. sü proycclo de pi€ Ian¿¡rarios quc áfecten cüGnones jui$
suluefo iiee prdale¡cia e¡ e¡ cdo de diccionales. Se car¡nriza al Pod€r .tudi-
aPruebe antes del cial el de.echo de o.canizar su prcdo
15 de diciembre, ól quc deberá regir des p'e.upu6Lo. rd \92 $s¡:der¡ rrró r.
{13 ¿l siguiente prinero dc enerc, €lcéte, g,qqte,ltJr¡s rás úspgEjg4É!¡¡qu¡:3
/ it. !9_t:lq<i"Ldel-&cldetrte Fqr-{e
/ que cl rrlúf.do. rkm.:, ¡l mmos uD buietu
t,- ! e@!üza¡ il,6@ilr@ienro
/ &rcio dq los voios válidos. En c.so d: 99r!., no erro¡rno q de$fers_.¡on.s
¡
\ que no l¿cue a e* por cienlo, e¡ co¡Ere re(irus i s! uronomid á mrierad e
l
d
]
I so e1€girá e¡tre los dos candidátos có¡ l¡;sridrEi cons¿ro Nr.ional de la M,
\ ñayor votació¡: rd dislosición difieE gislr.tura tiene ¡iEria amloera .on el
i¿ la rigentc e¡ que la elecció¡ por cl Consejo Nacional dé Jusricia, creado e¡
co¡gr€so se ¡acc €¡r¡e rres cddidatos, l%9, por l. revólució! d€ la Fue¿. Ar-
y cn ¿sta sólo en1É los dos d€ my¡r Fada; pero sus bicnb¡os so¡ aú1ónc
vot¡ción, Existen, al Especto, oE¡s dos mos y !rclienen d6 los fts loder6 del
posiciones que ¡o co¡srare! el !¡oye.to: Esta¿o, de los colégios .l€ Aloga¡tos y d€
la que éúsE sinDlc nayoria para ganar la dochcia del Dérechó.
,as elecciorcs y la quc r.qrieF el cincue¡- B¡ capÍtulo &br€ desdtralización I
riúno por ci¿rto de los voios válidos. sobierno locahs denra rmbiéD miÉ
cuando ¡o se dcauara cs por cienro,
los nás disculidos y !a o¡ieinado ftser
deberá Fa¡izarse Da seguda vuella €lcc.
v$ indivjd$les y partid¡rias qúe se tú
lonl c¡tre tos dos cddidáios con las rán raicr en el llendio-
prinerc mlrodas. Est! posició¡ es en. L¡ des.eormüzr.ión
pleada por !n secror de 6ta Asambloa, póblénr compleio. Ls reñdencias en
d¡ si8lje¡te Eodo: si niryu¡o de los cán-
dispuia paÉ6 incolciliables. D6de er
¡lidaros los¡ará ¿l ct¡cúenliúo lor cier- Iede¡alismo .onÁrrico hsl¿ c¡ üni!¡ris.
b se naria ua sesDda nélia inchy6. nó ¡lmdático, enste¡ div¿.sas nodali
ao a los dilutados y saadd¿s q¡e ¡o dad6 qúe B prectso reconoce¡ y ardo-
!úbiesen obt¡ido el circuentiEo po. ¡izar. Lad€scstnlización adninistráiila
cionto d€ los votos!áüdos c¡ su circu¡s no bast.; pero Ia d_9_sc.9¡t!4:!alj4¡r,!9lr
c.tpciór. El süfÉea¡té debe.á elegir e¡- ¡(¡ Duede ¡br'r el Dso r indescable dc$
ne las dos lisras nás votádas, Dé €sta
marüa, se lodrIa obtoer Prcsidmte con
mayorir p.opi¿ en Dipurados y Se@do, ¡e¡o sc nec*itm otrós oryá¡isos dÉ
ya qu¿, de hace¡ sólo Ia seeund. luelta
laitamdtales y Ésio¡sles, como son los
prcsidc¡cial, sc tendrta ú¡ ¡.eside¡re s¡n descritos er el mercio@do cap¡tulo cu
mayoria pa¡iam€n¡arial ya !üesrá er na¡f,}'a .eque.i.á un estuer,
El lo.le. Jüdicial co¡sem su ¿strE r¡ conceú¿o y laranc.t€ dé toda la
túa @¡ ua Cotu S¡prha ¿n l¡ cap! ciudadúi. y sus instituciónes Éprese!-
tal, cortes superiórs a hs disri¡i¡s r& t!!ivas, tá base d¿ rodo ello stá €n el