Page 408 - Debate Constitucional 1978 - Tomo IV
P. 408

exisie rm   sran   ñas¿  de  trabajádores  y  los campeslos del Alto  Piu.a y  de rodo
            dé  cmlesi¡os   si¡  tie¡ra.  Eros  canpe
            sinos si¡  tie¡ra,  dEsocupados  y  bajo  uná  a lá vez  qúe  €l Estado  em!¡esúbl  de
            sÍüación  de  úisk  @nómica,  de  ham      sarmlla  16  iftigaciones  d.  la  cosia y
            ¡re  e3neral,  han ido a cültivr  zg¡as e¡ja  do l¿ siera,  t¡mbién  lendrla n@s¡ri¡
            zs,  se lar  esforzado i¡clnsid  er  llerar  mere  qúe  dü  todo sü a¡oyo a las @
            ca¡lles  de  reeadio,  rcviviedo  ri¿jos  á- nu¡idad€s canp3si¡d  del Pe¡r. ras  @
            cueduclos. Esos hombreq  6os  unpesi-      mbidades  cahpssins  es¡á¡ ¡eCidas  por
            nos pob.€s  dEl Alto  Piura¡ debiercn  sd  ¿l ¡.tlcúlo  2090  y sigli$tEs  de l.  a.tual
            preni'¿os  po¡que  61án  conÍibuyfldo   a  Constirúciór, baió ú    diteúó   !a1Er¡a-
            la prodúcció¡  de aliúsnros;  h¡n  senbá-  Iistaj 6tí  bien que  se nadtenga €sE di-
            do  nalz,  aiiculos   d€  !¡nuelarj   pe.o,  re¡io pátetualisb er  cuanto hat  que dB
            ¿qué  ocuné  con los sembra¿ores de ali    ¡dder  la integrnlad dE las conúnida&s
            n¿¡¡os?  ¿Oué  ocure  .on  €stos canp+     can¡6jnas. Poro la nuqa Con*itución
            sinos que esán  co¡tibüyen¿o  a la   P¡o   no solán¿nte va a d€¡e¡der @mo a m+
            ducción  de slimentos   tara   que  com  el  nor6  de ed¡d a los .onüneros  y a sús
            pueblo pitr.sro,  El  lu¿blo  Perua¡o? ¿Han  tierras, sino que ¡as @múidades d€¡en
            cómetido u!    'delito'e¡tre   comillas,  y  sc¡  co¡veriidás  e¡   eñndes   ccnúos de
            lor   el  delito  de  prcdücir  a¡inenlos,  de  desarollo  a8ricola.indúsrial. las  comu-
            quere¡  d.r  &  comd  E sus familiar¿s  y  nidades cañlesinas so¡ núcleos dtaór
            y  al  rero  de  nuestro  p@blo,  ¡a  policia  dinarios  de  g¡and*   burana  porque
            ¡a  salido  lras  de ellos,  sé han  prcdnci  ahi se dá ¿l colectirisúo, la solidaridad:
            do  desalojos s¡nErientos  en el  Alio  ?iu_  ri¡tudG qte no 1.6 ti6e  el  citadino  y
            .a,  lodo  el Alto Piú¿  está r.msido del que  no las üe¡e  €l minilundista. Sin  em-
               t
            dú   atlqüe  ¡  los  um¡6inos,   ¡elinen-  barco, tenien.¡o  esa riqu€a  nunana  de
            te  está o!  cüculación  una  moció¡   ¡a¡a  las conunidades enpesi¡as,  ¡o  ha.e-
            probrar   por  esta ñasrcE,  pa.a  llañar  nos  p¡oducir a las conünidad€s en l¿
            la atención.lel  pais Éspecto  a ¿ste dbán-  foma  qüe *  mer€cen. Se ¡@sit.  €r-
            ¿o¡o  de los  cmlesinos   de  Piua  y  d¿  tonces  quc la nuév. Conslitució¡, no 5c
            los  campesi.os  de bdo  el  ?e¡r1i  loique  lan¿nre declare la  in¡¡ncibilidad  de lás
            o  iodas pÍtes  €nconhnos  cmp6i_          tierms de I$  mmuidades  canlesinas,
            nos sin ¡ierra,  canpEsinos  qne efd   que  sino qüe  ellas estén suj€tas  a un proera.
            se úrcrde.  las unas ¿e i@bre     po.  no  na  dc aloyo  y  de d6a(olló  agrário e
            rc¡er  dó¡de  p¡oducir  alimdtos,   Esb
            boció¡  se dará  a co¡ocer  por  la  Mesaj    El  Estado  ¿npr€sarial,  obviab.nre
            p:ro  yo qüero  adelantsr  en ¡*a  oPor    tioe  qrc  roma¡ .ono  cosa s¡va 1a i¡.
            runiJ¡d  en que hablo de lá  teÍ¿   )   de  düt.ia  fddco.rilcn.   Nú6bó  pais  ran
            los  campesims,  ]a  nccesid:d  que  iaY,  desuúdo por regionca  geográficas  dispa-
            por  pdle  del Esiado  eñpÉsarial,  d€ dar  res y disti¡ias,  tiane que é*á¡  úi.lo  ya
            1a tiE¡ra  ar cmpedno  y  ¡poyar  ra agri  ¡o  por la urretera  sino por-l  lerroc¿l
            cu]lüra,  de que esos  desalojos sang¡ien   r¡il;  esludios téc¡icos  ha¡  ¿:nostrado
            ros de los campesinos dél Alto  Piu¡a  de   qu¿  es  nás @stoso  el Dmte¡inien¡o d:
            ¡en  le.minar  porqüc  ¡o  nay  hrea  más   ca(etems  que ol funcio.ami€nto de fe-
            ¡oblc  pam  el  amPesimdo  qúe bacer       noc  riles.  Enlo¡es  &be  establece¡e
            prodücir  las  ricrFs.                      ¿n el ani@lado  ú¡stitucio.a¡  respecti
            dcl Alro  ÉIm,  han sido romad*  to¡  los   vo, qüe el Est¡do emp.esarial lonará  a
            canpcsinos;  J For  el ¡ecno ae qué elos    su caryo  e¡ dsa.rcllo  de la indüsria  le
            quie¡¿¡  dedicarse a  la  nobilisima  ¡areá  ¡roviariaj  y  eso  se¡virá de  laub  ¡ara
            de pro¿ucir  aliñcnios  ro   Pued€n  ser ma-  que es€ Estado  €nprcs¡rjal,  con*ruya
            sa*a.los;  debc e¡tonces  el  pais mtdr-    los fenoca.nls  que  determina¡ los téc-
            se de esta siiuación,  y podé¡ atajo ál sbúl                  desde Tumbes  a Te.
            $r  a la explotació¡,  a la n.rgin¡cia   de  ü,   et  ¡€rrccaril  C@tral prc¡ongádo
   403   404   405   406   407   408   409   410   411   412   413