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Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente
               del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Finanzas,
               apruebe las incorporaciones presupuestarias de los recursos provenientes de la operación
               de endeudamiento interno a ser celebrada por el Ministerio de Economía y Finanzas con
               el Banco de la Nación, destinadas a financiar las adquisiciones del Sector Defensa.

               CUADRAGÉSIMA SÉTIMA. Incorpórase al ámbito de focalización del FONIE los distritos
               en  los  que  se  encuentran  pueblos  indígenas  que  se  ubican  en  la  Amazonía  Peruana,
               comprendidos  en  la  Base  de  Datos  Oficial  de  Pueblos  Indígenas  aprobada  por  el
               Ministerio de Cultura el 18 de junio de 2015, con Resolución Ministerial 204-2015-MC,
               que  no  se  encuentren  considerados  entre  los  distritos  focalizados  por  el  FONIE  en  el
               marco del artículo 23 de la Ley 29951.

               CUADRAGÉSIMA  OCTAVA.  El  saldo  de  balance  al  cierre  del  ejercicio  presupuestario
               2015 que corresponda a la diferencia entre los ingresos anuales del Tribunal Fiscal y los
               gastos  devengados  de  dicho  ejercicio,  por  la  fuente  de  financiamiento  Recursos
               Directamente Recaudados, se incorporan en el presupuesto del Ministerio de Economía y
               Finanzas  en  dicha  fuente  de  financiamiento,  en  el  ejercicio  2016,  para  financiar  los
               gastos de operación, inversión y equipamiento para la mejora de servicios a cargo del
               Tribunal Fiscal.


               La presente disposición entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la
               presente Ley.


               CUADRAGÉSIMA NOVENA. Facúltase al Ministerio de Cultura a intervenir de acuerdo a
               sus  competencias,  en  bienes  inmuebles  de  propiedad  privada  declarados  como
               Patrimonio Cultural de la Nación y/o que tengan la categoría de condición cultural, a fin
               de preservar su valor histórico, cultural, arqueológico y fortalecer la identidad de nuestro
               país.

               Para tal efecto autorízase al Pliego Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2016 a
               incorporar y utilizar el saldo de balance del Año Fiscal 2015 provenientes del programa
               Qhapaq Ñan al que  se  refiere  la  Ley 28260,  Ley  que  otorga fuerza  de  ley al Decreto
               Supremo 031-2011-ED.


               El Ministerio de Cultura, mediante la resolución correspondiente, determinará los criterios
               técnicos para desarrollar dichas intervenciones.

               QUINCUAGÉSIMA.  Autorízase,  durante  el  Año  Fiscal  2016,  la  aprobación  de  las
               siguientes dietas:

               a)     Para  los  miembros  del  Consejo  Directivo  de  la  Superintendencia  Nacional  de
               Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

               b)     Para  los  miembros  del  Consejo  Directivo  y  de  los  Comités  Permanentes  de
               Acreditación y Normalización del Instituto Nacional de la Calidad (INACAL).

               c)     Para los miembros del Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna
               Silvestre (SERFOR).


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