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La aprobación de este dispositivo provocará que los servicios de salud se reduzcan y que
el SIS pierda eficacia en su funcionamiento, y esa es la razón por la que estamos
proponiendo una redacción alternativa.
En el artículo 41 aumentamos ciento cincuenta millones al Fonie y ciento cincuenta
millones adicionales al Foniprel. Consideramos conveniente fortalecer dichos fondos para
afirmar el proceso de descentralización y el desarrollo equitativo del país.
Los trescientos millones que se agregan son de la reducción de la propuesta de fondo de
inversión en los gobiernos regionales y locales que se proponía en la ley y que este
dictamen está eliminando, porque se trata de un fondo que no tiene sobre el tapete
ninguna propuesta que permita a la ciudadanía entender los mecanismos de su
funcionamiento. Mecanismos escondidos simplemente conllevan a serias sospechas.
En la décima disposición complementaria y final se autoriza al Programa de
Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado a firmar
convenios de administración de recursos y se agrega un párrafo para transparentar el uso
de los recursos.
El párrafo agregado dice lo siguiente: “La documentación, informes y el detalle del uso de
esos fondos deben ser publicados en la página web del Ministerio de Relaciones
Exteriores”.
No puede haber más ocultamiento de información. La cosa debe ser transparente y
explícita en la ley.
La decimocuarta disposición complementaria que propone el proyecto del Ejecutivo dice
lo siguiente: “Durante el año fiscal 2016 las acciones de provisión de alimentos,
vestimenta y condiciones de trabajo, a que se refiere a la Décima Disposición
Complementaria Final del Decreto Legislativo 1132, se encuentra a cargo del Despacho
Presidencial”.
El Decreto Legislativo 1132 aprueba la estructura de ingresos del personal de las Fuerzas
Armadas y la Policía Nacional del Perú; y la décima disposición complementaria y final se
refiere a la provisión de alimentos, vestimenta y condiciones de trabajo del personal
militar que se encuentra en actividad, todo lo cual debería ser ejecutado con el
presupuesto de sus respectivos sectores (Defensa e Interior).
Es evidente que resulta un poco extraño y por demás absurdo y sospechoso que el
Despacho Presidencial se encargue presupuestaria y administrativamente de la provisión
de alimentos y vestimenta del personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del
Perú. Palacio de Gobierno y Despacho Presidencial no tienen nada que ver con los
pliegos mencionados.
Cuando hemos solicitado una explicación, se nos ha dicho que se refieren al personal de
las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú asignado al Despacho Presidencial.
Sin embargo, eso no dice el artículo. Por ello, en coherencia con lo que se nos ha
manifestado, proponemos la siguiente modificación: “Dispóngase, durante el Año Fiscal
2016, que las acciones de provisión de alimentos, vestimenta y condiciones de trabajo, a
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