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El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Por favor, ampliación del tiempo, diez
minutos.
Prosiga, señor presidente del Poder Judicial.
El señor PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Víctor Lucas Ticona
Postigo.— Muy amable señor Presidente del Congreso de la República.
Como decíamos solamente se ha asignado el 61.7% de los solicitado por el Poder
Judicial y esto nos ha llevado a entablar una demanda adicional ante el MEF, y esta
demanda adicional asciende a 410 millones de soles.
Tenemos, entonces que, sí inicialmente el Poder Judicial solicita 2921 millones de soles; y
el ministerio de Economía y Finanzas asigna al Poder Judicial 1803 millones de soles, nos
vemos obligados a repriorizar y solicitar una demanda adicional de 410 millones de
soles, es decir, sumados los 1803 más los 410 millones, tenemos que hay un monto final
de 2 millones, perdón, 2213 millones como presupuesto adicional o presupuesto
repriorizado del Poder Judicial.
Dentro de esta demanda adicional mínima de 410 millones de soles, estamos solicitando
para el rubro acceso efectivo a la justicia 106 millones de soles, transparencia y lucha
contra la corrupción 15 millones de soles, porque actualmente no se ha implementado,
sino parcialmente la participación de la sociedad civil en el sistema de control interno del
Poder Judicial.
Asimismo, se solicita 243 millones para eficiencia y modernidad y fortalecimiento de la
gestión institucional y 44 millones para fortalecimiento de órganos jurisdiccionales
permanentes y transitorios.
Yo quisiera, señor presidente del Congreso de la República, señores congresistas, hacer
solamente... poner una muestra de botón para hacer ver cuál es lo clamoroso de la
necesidad de órganos jurisdiccionales y de jueces titulares, y a ustedes les consta y es de
público conocimiento que la Corte Suprema de Justicia de la República tiene siete salas
supremas, de estas siete salas supremas solo tres son permanentes y tenemos cuatro salas
supremas transitorias, temporales, de descarga, que cada tres meses tenemos que
prorrogar su vigencia, pero esta vigencia se viene prorrogando desde hace más de 15
años y por qué, por la excesiva carga procesal que tiene la Corte Suprema de Justicia de
la República, es decir, más del 50% de jueces supremos son provisionales, que son
llamados a conformar estas salas transitorias. No en la misma proporción, pero en la
misma significancia en las otras instancias judiciales, igualmente tenemos juzgados y salas
transitorias y por tanto jueces provisionales y como dije, una gran cantidad de jueces
supernumerarios.
Tenemos luego un cuadro comparativo entre lo requerido por el Poder Judicial, lo
propuesto por el Ejecutivo y la demanda adicional. El detalle lo tienen en el cuadro y
solamente podemos recalcar algunos aspectos importantes.
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