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adicional, y también como prioridad de primer orden para el Poder Judicial, es que se
atienda las demandas, la reclamaciones de mejoras económicas de los trabajadores; y
repito este punto es de primer orden prioritario para el Poder Judicial.
Asimismo, dentro de la propuesta que estamos consignando dentro de esta demanda
adicional, está dirigida a la implementación de la línea de una línea de producción de
microformas, renovación del parque informático, proyectos de inversión viables con
expediente técnico, fortalecimiento del Nuevo Código Procesal Penal, creación e
implementación de 29 órganos jurisdiccionales, programas presupuestales a cargo del
Poder Judicial, implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, etcétera.
Asimismo, estamos proponiendo para que se contemple dentro de la Ley del Presupuesto
General de la República, que se exonere al Poder Judicial para la contratación de
personal jurisdiccional y administrativo, se incluye asimismo en el artículo 10° inciso
quinto), que se encuentren exonerados de esta prohibición en la adquisición de vehículos
para el desplazamiento de jueces que atienden los procesos en la Reforma Procesal
Laboral y Reforma Procesal Penal.
Asimismo, que se prorrogue hasta el 31 de diciembre de 2016 la vigencia de la Décimo
Quinta Disposición Complementaria de la Ley 30114, con relación a la autorización de
los gobiernos regionales y gobiernos locales para transferir recursos con excepción de los
procedimientos de las fuentes de financiamiento, recursos ordinarios y operaciones…
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— ¿Requiere tiempo adicional, señor presidente
del Poder Judicial?
El señor PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Víctor Lucas Ticona
Postigo.— Dos minutos.
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene tres minutos, señor.
El señor PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Víctor Lucas Ticona
Postigo.— Ya, muy amable, señor Presidente.
Decíamos que se autorice también a los gobiernos regionales y locales para que puedan
transferir bienes al Poder Judicial, a efectos de implementar las reformas procesales penal
y laboral.
Finalmente en cuanto al pliego de la Academia la Magistratura para el año fiscal 2016,
tenemos que la asignación presupuestaria para el año Fiscal 2016, aprobada por el
Ministerio Economía y Finanzas, alcanza la suma de *dieciséis millones novecientos mil
millones*.
Tenemos como fuente de financiamiento recursos ordinarios para el 2016, diez millones
setecientos tres mil recursos directamente recaudados, seis millones doscientos quince mil.
Total dieciséis millones novecientos dieciocho mil.
Y cuáles son las metas propuestas por la Academia de la Magistratura para el Año Fiscal
2016.
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