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cuando analizamos uno de los diez indicadores para formular esta competitividad, en el
               rubro cumplimiento de contrato y ejecución de resoluciones judiciales, descendemos al
               puesto 35; es decir, que no hay una eficiencia, una eficacia en el sistema judicial, y como
               veremos,  entre  otros  factores,  fundamentalmente,  por  una  insuficiente  asignación
               presupuestaria.

               Cuando hablamos de una justicia eficiente, transparente, oportuna accesible y predecible,
               comporta tener en cuenta fundamentalmente tres herramientas:

               Por un lado, reformas legislativas.


               En segundo lugar, aplicación de nuevas tecnologías; y,

               Luego, inversión en recursos humanos y materiales.

               En el plano de las reformas legislativas, el Poder Judicial viene implementando la reforma
               procesal penal.

               En  la  fecha  actual  se  ha  implementado  en  27  distritos  judiciales  la  reforma  procesal
               penal.

               También  se  está  implementando  la  reforma  procesal  laboral.  Actualmente  se  ha
               implementado en 18 distritos judiciales del país.

               Asimismo, se viene aplicando la Ley 30077, contra el crimen organizado.


               Y últimamente se ha expedido el Decreto Legislativo 1194, sobre proceso inmediato para
               flagrancia  delictiva,  que,  como  lo  habíamos  mencionado,  y  lo  habíamos  indicado  al
               señor  ministro  de  Economía  y  Finanzas,  se  requiere  financiar  esta  ley  que  entrará  en
               vigencia en los próximos días, específicamente el día 29 de diciembre próximo.

               El  Poder  Judicial  ha  solicitado  la  suma  de  34  millones  de  soles  para  financiar  este
               Decreto Legislativo 1194, que regula el proceso inmediato para delitos flagrantes.

               Si  tenemos  en  cuenta  que  la  carga  procesal  a  nivel  nacional  en  los  juzgados  penales
               asciende a un 55% en dos delitos: omisión de asistencia familiar, y peligro común por
               conducción en estado de ebriedad.

               Estos dos delitos que comportan el 55% de carga procesal, que antes se tramitaban y
               resolvían aproximadamente en 10 meses o un año, ahora tendrán que resolverse en una
               o dos semanas, es decir que se formará un cuello de botella y esto comporta un riesgo,
               pues, para la aplicación eficiente de este decreto legislativo.

               Esto  nos  ha  llevado  entonces  por  un  lado  a  solicitar  formalmente  ya  al  Ministerio  de
               Economía y Finanzas una demanda adicional de 34 millones de soles.

               Pero por otro lado, el Poder Judicial y los jueces del Perú se vienen capacitando para la
               implementación  de  este  decreto  legislativo,  a  través  de  jornadas  de  capacitación  y  de
               talleres, y también en la formulación de documentos y manuales y reglamentos para una



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