Page 108 - Padres de la Patria
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LEY QUE DISPONE QUE EL ANIVERSARIO DEL
                             CONGRESO DE LA REPÚBLICA SEA FIESTA NACIONAL


                    LA SUPREMA JUNTA GUBERNATIVA DEL PERÚ COMISIONADA POR EL
                                     SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE

                  Por cuanto el mismo ha decretado lo siguiente:

                                   EL CONGRESO CONSTITUYENTE  DEL PERÚ

                  Deseando perpetuar la memoria del venturoso día en que por la primera vez se
                  reunieron los Representantes del pueblo peruano, mediante cuyo acto, declaró y
                  puso en ejercicio su soberanía consiguiente al juramento de la independencia,
                  que tiene ratificada;

                  Ha venido en decretar y decreta lo siguiente:

                  Artículo  1.  El  20  de  setiembre,  aniversario  de  la  instalación  del  Congreso
                  Constituyente del Perú, se dedicará a una fiesta nacional, indicándose así en el
                  calendario.

                  Artículo 2. Por decreto posterior se dispondrá la forma de esta solemnidad.

                  Tendréislo entendido y dispondréis lo necesario a su  cumplimiento, mandándolo
                  imprimir, publicar y circular.

                  Dado en la sala del Congreso, en Lima, a 30 de octubre de 1822.- 3º

                  JOSÉ DE LARREA Y LOREDO, Presidente.
                  JOSÉ SÁNCHEZ CARRIÓN, Diputado Secretario.
                   PEDRO PEDEMONTE, Diputado Secretario.

                  Por  tanto,  ejecútese,  guárdese  y  cúmplase  en  todas  sus  partes  por  quienes
                  convenga.  Dará  cuenta  de  su  cumplimiento  el  Secretario  del  despacho  en  el
                  Departamento de Gobierno.

                  Dado en el palacio de la Junta Gubernativa, en Lima, a 31 de octubre de 1822.-
                  3º.

                  JOSÉ  DE  LA  MAR.-  FELIPE  ANTONIO  ALVARADO.-             EL  CONDE  DE  VISTA
                  FLORIDA.

                  Por orden de S. E.-  FRANCISCO VALDIVIESO













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