Page 103 - Manual de Comisiones Investigadoras
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en el que se encuentre la respectiva investigación, no siendo una
              obligación que pueda imponerse con prescindencia del análisis de
              cada caso en particular”.


          9.  Expediente:       00156-2012-HC/TC (05/10/2012)
              César Humberto Tineo Cabrera


              Derecho a la concesión del tiempo y los medios adecuados para
              preparar la defensa en sede parlamentaria
              Fundamento:       28
              “El  Tribunal  Constitucional  expresa  que  el  derecho  a  la  concesión
              del tiempo y los medios adecuados para preparar la defensa en
              sede parlamentaria se encuentra reconocido en el artículo 89.d.1 del
              Reglamento del Congreso de la República. Sin embargo, destaca que
              “… en el Reglamento del Congreso de la República no se ha establecido
              un plazo para ofrecer descargos frente a las acusaciones formales que
              pueden entablar las comisiones investigadoras y de fiscalización, lo
              que pone en riesgo el derecho de defensa (…). Sería recomendable,
              por consiguiente, que el Congreso adecue sus procedimientos a los
              estándares mínimos de protección del debido proceso, lo que supone
              modificar su reglamento a fin de establecer un plazo razonable que      103
              tenga en cuenta la complejidad de los casos a investigar”.


          10. Expediente:       4968-2014-PHC/TC (04/11/2015)
              Alejandro Toledo Manrique


              Derecho a la defensa técnica y letrada ante las comisiones
              investigadoras                                                           Manual para Comisiones Investigadoras
              Fundamento:       36 y 37
              “El Tribunal Constitucional… ha destacado dos dimensiones  del
              derecho de defensa, reconocido en el artículo 139°, inciso 14, de
              la Constitución, «una material, referida al derecho del imputado o
              demandado de ejercer su propia defensa desde el mismo instante
              en que toma conocimiento de que se le atribuye la comisión  de
              determinado hecho delictivo, y otra formal, que supone el derecho
              a una defensa técnica, esto es, al asesoramiento y patrocinio de un
              abogado defensor durante todo el tiempo que dure el proceso» (STC
              2028-2004-PHC, F. J. 3; RTC 4558-2013-PHC, F. J. 3; 7536-20l3-
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