Page 26 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
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puede establecerse la aplicación del impuesto a la
renta.
Artículo 20. Los colegios profesionales son instituciones
autónomas con personalidad de derecho público. La ley
señala los casos en que la colegiación es obligatoria.
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Artículo 21. Los yacimientos y restos arqueológicos,
construcciones, monumentos, lugares, documentos
bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios
de valor histórico, expresamente declarados bienes
culturales, y provisionalmente los que se presumen
como tales, son patrimonio cultural de la Nación,
independientemente de su condición de propiedad
privada o pública. Están protegidos por el Estado.
En el caso de los bienes culturales no descubiertos
ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del
territorio nacional, la propiedad de estos es del Estado,
la que es inalienable e imprescriptible.
7 Artículo modificado por Ley 31414, publicada el 12 de febrero de
2022. Antes de la reforma, este artículo tuvo el siguiente texto:
“Artículo 21. Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones,
monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos
artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados
bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales,
son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición
de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado.
La ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio.
Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación,
restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución
al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio
nacional”.
26 Edición del Congreso de la República