Page 124 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
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5. La Acción Popular, que procede, por infracción de
la Constitución y de la ley, contra los reglamentos,
normas administrativas y resoluciones y decretos
de carácter general, cualquiera sea la autoridad de
la que emanen.
6. La Acción de Cumplimiento, que procede contra
cualquier autoridad o funcionario renuente a
acatar una norma legal o un acto administrativo,
sin perjuicio de las responsabilidades de ley.
Una ley orgánica regula el ejercicio de estas garantías
y los efectos de la declaración de inconstitucionalidad o
ilegalidad de las normas.
El ejercicio de las acciones de hábeas corpus y de
amparo no se suspende durante la vigencia de los
regímenes de excepción a que se refiere el artículo 137
de la Constitución.
Cuando se interponen acciones de esta naturaleza
en relación con derechos restringidos o suspendidos,
el órgano jurisdiccional competente examina la
razonabilidad y la proporcionalidad del acto restrictivo.
No corresponde al juez cuestionar la declaración del
estado de emergencia ni de sitio.
Artículo 201. El Tribunal Constitucional es el órgano de
control de la Constitución. Es autónomo e independiente.
Se compone de siete miembros elegidos por cinco
años.
124 Edición del Congreso de la República