Page 43 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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Art. 5? No se dará licencia á tal número de Dipu-
tados 6 Sonadores que llegue á una sétima pru'te de
su totalidad en cada Cámara. (1)
Art. 6? Los Diputados y Senadores que no tengan
traje particular, usarán de veHtido negro en los días
y concurrencia de ceremonia, corno son en los que se
celebra el Aniversario de la Independencia y los de
apertura y Receso del Co:1.greso.
A.rt. 7? En las actlsac1:o,u.;S crim·ina{e.~ que se hagan
contra alg{¿n Diputa,do ó Se,iador, JJO?' lus crímenes ele-
signados en el artículo 35 dr, la Cunstíttbcióu, ,<:e proce-
derá en la declaratoria de haber 6 nó lu,qar á, fnrrna-
ción de cau,sa en el niodo preroonirlo en lo.s artíc1JJlos 42
y 43 de la Constituci6n. Hecha la declaratoria ajfrma-
tivamente, serán puestos el reo y el proceso á dfapos·i-
ción de los jueces designados en los artículos 18 y 19
de la Constitución. En caso contrariv, se suspenderá (0,
act'liJación; y se dará c6pia de la decla'rator1~ al inl<:,·e ..
sado para S'lJt resg·uardo.
Art. 8? La q71,e?·ella por los demás cr·ímenes se toma-
rá en con.sideración por la. Cámara respectii•a en sesión
secreta/ se pasará después á una comisión, y se ofrá tí
~sta y al acusado, quien, e:r,,pondrá de zmlab·ra ó por es-
cYrito cuanto juz9w3 co'flven ie,¿tc. ¡.;,, gcgu'icla ?'etiolverá
la Cámara si ha ó nu Zo,gat á f o1'111,ac1 ín de causa; ú
la. hubiere se pw;ará ('l proce,w al juez tespectivo.
Art. 9~ Pm·a ei j gzgamie,do de estas causas habrá
en cada Cúmara un Juez de 1~ Instc1¡nda, u11 trribuual
compuesto de tres para la segv.,nda y otro de cinw JJat·a
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la tercera. HalYtá tambié,i u,i Fiscal que presentará 8lL
(Uctámen. e?t casos nece.c.ario.r; El norn.bram,fonto de estos
individuos se haJ·a po1· las i espectivas Cámm·as á JJ l'll-
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ralidad absokuta, tO?nando de sii se110 un 1l'úmero doble
ele los que han de ser elegidu.~, pa1·a saca1· la rnitad po1'
(1) Véa.se en la ].)tt.gina 31 la 11,cUc:ón 6!