Page 47 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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Art. 4? Las sesiones extraordinarias que se ten-
gan en los días festivos antedichos, se contraerán ex-
clusivamente a.l objeto que las haya 1notivado.
6<? Declarado q1w ha ltigar á formaci6n de causa,
el Presidente sorteará veinticinco Diputados en se-
sión pública, para qne con iu-reglo á la ley, califi-
quen el papel, y pasará copin al jne7 de priinera ins-
taneia del Congreso, r¡ne ha ·ú las funciones de JnE"Z
de derecho, para que pase o.ro igua] al reo; á fin de
que pueda recusar el nú1neTo ex.pres 1do en la ley:
igualmente pasará ot.l'a certificada d·j lt1 denuncia,
p,1.ra los efectos que eu ella ~e exprc jfü'l.
7? Sorteados siete de los q 1e no h tbioren sido re-
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cusados, para que t-o J10 jue<. ,:is de l1echo ralifir1uen
el impreso, serán rita 1os por el juez para concurrir
al sitio donde se dl,bv colebr u el jui, io; y antes <lo
procederá él, presta1:tn el :uramenLo conf1 ''1lle al
artículo 63.
8? El juicio será p1\blico y se observarán las for-
malidades de 1a ley.
9? La sala de seguuJn. in~t,ancja del tribunal del
Congreso, conocerá cle las apelaciones que se in-
terpongan.
10. Si la denuncia se hiciere en el intervalo de u11a
á otra legislatura será rcmitidaal Presidente del Se-
nado, quren convocará á los Diputados existentes en
la. capital y pueblo~ distantes dos jornadas. .Juntos
que sean, por uno de ellos que hará de PTesidente,
se sacarán siete jnoces para qne declaren .~,i há 6 rió
lugnr á . .fo7•rm,aci6n de causa.
11? Declarado <¡ne ,,o há lu,qwt ha formac·ión de
cau,,a, sü dc,,vol ver{t la clenun(•ia para los efectos con-
vc1ú( · 1ites.
1 ~~ t:>i la dccl.uación fuese hft 1ugw· á Jor1nacifm
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( e cauRa, se pnsará ln <l~cla ración al Prüsi<1e.nte d0l
Senado para ql1e n1aude Tecoger los impresos, y se