Page 46 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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Art. 3~ Las sesiones empezarán por esta invoca-
ción ccEn nomb?·e de D·ios 'l.odopod-eroso, se abre la se-
sión,» que pl'oferirá el Presidente esLando de pié; y
concluida que sea, la terminará por la expresión r<se
levanta la sesión».
Decreta lo sigui en te:
1? Que en los delitos que cometan los Diputados
del Congreso por abuso de libertad de lmprentn, se
observe la l~y de 3 de Noviembre con las siguientes
modificaciones:
2? Denunciado un impreso p0r algúu Diput.ado
bajo su nombre, pasará el Alcalde ht denuncia y el
ünpreso al Presülente del C01Jgr~so por '21 con<lncto
de la Junta conserv,ulora.
3? El Presidente en sesión secreta sorteará sjeto
indí.vidnos de ]a diputación, los que después de pre-
sentar ante él el juramento JWf'~(;rito en ol articulo
46, declararán con vista de la denuncia ¿. ünpreso
si há 6 no lugar á forJnación de eausa.
4? Si la declaración fuere, no ha.L>er lugar á ÍOT-
mación de causa, el Presidente dev-olverá al Alcalde
poT el mismo conducto> la denuncia con la declara-
ci6n expresada, cesando por este hecho todo ulterior
proccdirniento.
5~ Si el impreso fuere anónimo,y los jueces <le he-
C'ho sacados por suerte por el Alcalde, hubiesen dc·-
clarailo qtte hú lu.g01· á for1naci6n de causa, y <le b
averiguación de la persona responsable, lrncha por
e1 juez de derecl10, apareciere ser autor un Dipuk1-
do, pasará to<lo lo actnado con el improso que se lm-
brá manda.do re<'ojer al Presidente del Congreso, p,1,-
ra que, dándolo por nulo, pr0ceua á sortear confor-
m.e á lo prevcnülo en el artícnlo 39 los i::iete jueecs
de hecho que deuen declarar si ha luga?' ó nú á .for-
niación de catisa