Page 18 - Constitución Política del Perú
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eco• ·eonstituclón Potflica del Perú 1993
y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y
de ele~ir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y pro-
cedimientos determinados por ley orgánica.
Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su
jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de
su participación.
Tienen derecho.al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil
El voto es persona'!. igual. libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años.
Es facultativo después de esa edad.
Es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de
sus derechos.
Artículo 3t. Pueden ser sometidas a referéndum:
1. La reforma total o parcial de la Constitución;
2. La aprobación de normas con rango de ley;
3. Las ordenanzas municipales: y
4 Las materias relativas al proceso de descentralización.
No pueden someterse a referéndum la supresión o ta disminución de los de-
rechos fundamentales de la persona, ni las normas de carácter tributario y
presuP.uestat, ni los tratados mtemacionales en vigor. ·
Artículo 3t. El ejercicio de la ciudadania se suspende:
1. Por resolución judicial de interdiccion.
2. Por sentencia con pena privativa de la libertad.
3. Por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos.
Artículo 34". Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional en
, actividad no pueden elegir ni ser elegidos. No existen ni pueden crearse otras in-
habilitaciones.
Artículo 35º. Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a
través de organizaciones pollticas como partidos, movimientos o alianzas, con-
forme a ley. Tales organizaciones concurren a la fonnación y man~estación de la
voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede per-
sonalidad jurídica.
La ley establece nonnas orientadas a asegurar el funcionamiento democrático de
los partidos políticos, y la transparencia en cuanto al origen de sus recursos económi-
cos y el acceso gratuito a los medios de comunicación social de propiedad del Estado
en fonna ~roporcional al último resultado electoral general.
Artícuto f. El Estado reconoce el asilo político. Acepta la calificación del asila-
do que otorga el gobierno asilante. En caso de expulsión, no se entrega al asila-
do al país cuyo gobierno lo persigue.
Artículo 37". La extradición sólo se concede por el Poder Ejecutivo previo Infor-
me de la Corte Suprema. en cumplimiento de la ley y de los tratados, y según el
principio de reciprocidad.
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