Page 271 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
            modo se vicia su conducta no bastando las representaciones y penas de que
            usará el Rector prudentemente lo podra expeler del convictorio nombrando
            en su lugar otro en el modo prevenido.


                                 TITULO QUARTO DE LOS ESTUDIANTES


                    Constitución Primera

                    Para poder admitir algún estudiante en el convictorio ha de preceder
            averiguación exacta que practicará el rector por los medios que le dicte su
            prudencia de su calidad y circunstancias de modo que se evite lo sean, los que
            no tuviesen limpieza de sangre buena crianza y costumbres.


                    Constitución Segunda


                    El que quiera recivirse en el convictorio ha de traer certificación del
            secretario de la Universidad en que conste haver sido examinado y aprovado
            en la Gramática Latina, por el Rector y comisarios de dicha universidad en
            la forma que en sus estatutos se previene, y para evitar qualesquiera abuso, o
            fraude inportante vendrá autorizada dicha certificación con la firma del citado
            Rector, pues no puede cursar, sin este indispensable requisito, ni admitido en
            el convictorio al que no estuviese en aptitud de hacer el curso a menos que
            el que haya de recibirse especialmente ahora en los principios de esta nueva
            creación no sea algún sujeto ya instruido o formado en una de las facultades,
            o principios que haya adquirido en su casa con provecho o en alguna de las
            Provincias del Rey o en estudios particulares por que a este contándole al Rec-
            tor y por examen o examenes que dispondrán se le aplicará a la clase que le
            corresponde conforme a la constitución los que esta a su institución.


                    Constitución Tercera


                    Como el curso en dicha universidad ha de empezar indispensable-
            mente el día después del Domingo Quasímodo no deverá recivirse algún es-
            tudiante antes de aquellos inmediatos a este tiempo de suerte que no ha de
            asistir en dicho convictorio aquel que por el tiempo o falta de aptitud no pue-
            da comensar a hacer su curso: sesando de este modo el abuso debestir la Beca



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