Page 274 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen  1
                                                      Visita del Real Convictorio de San Carlos en 1815
                    Constitución Once


                    Los Colegiales cuando hayan de salir del Convictorio, vestirán unifor-
            me negro de lana ó seda y lanas de terciopelo fondo, u otra tela costosa, de las
            que separan por gala; y sobre la izquierda de la casaca traerán las armas del
            Rey nuestro Señor bondadoso, conforme al modelo que se les ha dado, sin que
            con título ni pretexto alguno el más especioso sea lícito cargar a otros jóve-
            nes esta Real divisa, que no sean de actual con firma asistencia en el colegio,
            donde precisamente la han de dejar el día que se despidan, o sean despedidos.
            Ni menos se les permita a estos vestir otro traje señaladamente el de capas
            y gorros, durante el tiempo de sus estudios baxo las mas severas penas, que
            aplicará este superior govierno, quando la autoridad del Rector no sea bastan-
            te a remediarlo, como también otro qualquiera en eso que haya en las ropas
            que ha de vestir imperiosamente en el colegio que se deja al arbitrio de dicho
            Superior al mismo tiempo que se le encarga que promueva hasta el extremo la
            moderación y recato.

                                     TITULO QUINTO DEL RECTOR


                    Uno de los Señores Ministros de esta Real Audiencia dará protección
            al convictorio á elección de este superior Govierno, y por esta razón deverá
            propender a su mayor lustro y decoro, y a que se mantengan con mayor vigor
            y observancia todos sus estatutos, informando en caso necesario a este supe-
            rior govierno los abusos y excesos que no pudiese remediar por sí mismo a
            cuyo fin procurará tener conocimiento a su dirección y manejo por aquellos
            medios que le dictare su prudencia.


                    Constitución Segunda


                    Al fin de cada año, ó antes si lo tuviese por conveniente este Superior
            govierno pasará á hacer una lista exacta y prolija de sus rentas y administra-
            ciones tomando en cuenta al procurador, Rector de ellas, reconociendo sus
            libros y papeles y así mismo visitará lo interior del colegio, sus habitaciones y
            oficinas, expidiendo las providencias que fueran en su estatuto, y dando parte
            a este superior govierno, con la mayor individualidad de todo lo que parezca
            y reconociese para que por este medio tenga la instrucción que necesita, para



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