Page 270 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen 1
Visita del Real Convictorio de San Carlos en 1815
Constitución Segunda
Los referidos maestros vestirán sobre el traje, que señala la constitu-
ción once del Título quarto de los estudiantes, una banda azul y en ella colo-
cadas las armas del Rey, para que esta distinción, los haga mas recomendables
dentro y fuera del colegio y quede siempre la memoria de haverse trasladado
los alumnos del citado Colegio de San Felipe para maestros de este convicto-
rio empleando las rentas de aquel en paga de estos dándoles así mejor y mas
propio destino del que tenían antes.
Constitución Tercera
Será de la obligación de los referidos maestros pasar en el convictorio
las lecciones que se les huviesen dictado en la universidad a los Estudiantes, y
como efecto han de comprender las facultades de Teología, leyes y Filosofía, se
les repartira este ejercicio entre los trece maestros incluso entre los Vice-rec-
tores viendo que cinco de ellos hayan de pasar Teología, otros cinco leyes, y
cánones y el resto filosofía, sin que este en su arvitrio varíe en esta parte como
la facultad que deva pasar al principio del curso entendiéndose que los dos Vi-
ce-rectores sin alteración alguna han de pasar siempre las lecciones al último
curso en teología y leyes.
Constitución Quarta
En los días en curso deverán acompañar a los estudiantes a la Uni-
versidad, tres de los referidos maestros, uno de cada facultad anticipándose
diariamente entre sí, y cuidando con el mayor vigor, en dicha Real Univer-
sidad, y por las tardes de su tráncito observan la moderación y desencia que
corresponde sin que en este punto haya la menor dispensación ni disimulo,
y que cada uno aprovecha de las lecciones que se dictasen en las Aulas escri-
biéndolas y dando a su tiempo razón de ellas.
Constitución Quinta
Ninguno de los Maestros podrá salir del convictorio sin licencia del
rector, y justa causa, y quando delinca alguno en esta parte otro qualquier
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