Page 198 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
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Volumen  5
                                      Expediente seguido ante la Real Audiencia de Lima sobre el pago de costas
            Pachas, Lucas Serrano del de Rondos, Marcos Sanches del de Punchao, Juan
            de la Cruz Vilca del de Chupan, Toribio Peña del de Pillapata, Andres Huerta
            del mismo pueblo, Antonio Ambrocio del de Chavinillo, Bernardo Abad, Mi-
            guel Matos, Julian Ortega, Manuel Concha, Nicolas Charun, en su reveldia, y
            Jose Briceño, a un año en el mismo socabon, á José Huanca, José Suares, Pablo
            Usuniaga, Antonio Malqui, Santos Valerio, Julian Gaspar, Ascencio Briseño,
            Agustin Justo, y su hermano Manuel, Roque Funsillo, Santos Tello, Pedro Ca-
            bello y Francisco Cabello, Hipolito Gomez, y Victorio Soto; y por los respec-
            tivos a los demas Reos condenamos así mismo al Padre Fray Marcos Martel
            a que sea remitido a la Peninsula al servicio de un Hospital por el tiempo de
            diez años sin que pueda volver á ellos aunque los haya cumplido; a Cayetano
            Morales ó por otro nombre Sebastian Gonzales decertor a servir por otros
            diez años en el Exercito de España = A los Padres Fray Ygnacio Villavicencio,
            y Fray Francisco Ledesma, que se remitan á esta Ciudad y se entreguen a sus
            respectivos Prelados para que con concideracion a las circunstancias del día
            los aplique en qualquier Combento de su orden al destino que tengan por
            combeniente ebitando su regreso á aquellos Partidos y estando muy a la mira
            de sus procedimientos.
                    A los Presviteros Don José Zavala, Don Tomas Nalvarte, Don Bartolo-
            me Lastra y Don José Ayala a que se presenten al Muy Reverendo Arzobispo á
            quien se pasará el correspondiente oficio para que los amoneste y no permita
            buelvan a dichos Partidos por el termino de dos años e interin no dicipen los
            indicios de no haberse manejado como correspondia dirijiendose otros dos á
            aquellos Prelados, y al devoto Padre Provincial del Orden de la Merced para
            que sin perjuicio de las Providencias que continuara librando el expresado
            Governador Yntendente sobre la·apreención del padre Fray Mariano Aspiaso
            averigue su paradero y de cuenta de las resultas, absolviendo como absolve-
            mos a Don Pedro José Castillo y Don José Soria Marin dando como damos
            por conpurgados del indicio que resulta contra Don Antonio Zavala y Manuel
            Moscoso con la pricion que han sufrido aperciviendose seriamente á todos los
            indultados se abstengan en lo subcesivo de reincidir en iguales exesos so pena
            de ser escarmentados en la forma que corresponde con estrecho encargo a las
            justicias de aquellos Partidos velar sobre sus conductas todo lo qual manda-
            mos se execute sin embargo de suplica y con la calidad de sin embargo, previ-
            niéndose al referido Governador Yntendente que en caso de no poderse ejecu-
            tar la pena de garrote sean pasados por las armas, que continue las diligencias



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