Page 193 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
Decreto de veinte y uno de Mayo ultimo, que se encuentra en el anterior tes-
timonio: Y para su constancia y por falta absoluta de Escribano así lo certifico
en Huánuco y primero de Junio de mil ochocientos dies y ocho años.
Huánuco Junio 2 de 1818
Por traido al Despacho y Visto buelbase a notificar al Presvitero Don
Antonio Ruiz exiba en este Jusgado en el dia los quatrocientos pesos que le
estan señalados para el pago de las costas causadas en los procesos de la Ynsu-
rreccion sin perjuicio de su responsabilidad por el mayor aumento que tenga
que contribuir o debolucion que se le tenga que hacer concluido que sea el ex-
pediente del asunto Se comete a J. Tiburcio Roldan. Asi lo provey con testigos
a falta de Escribano.
Pablo Travitaso (Rubricado). Testigo: Jose Gonzales (Rubricado).
Inmediatamente hise saber el auto que antecede al Dr. Don Jose Anto-
nio Ruiz quien quedó enterado y para su constancia lo firmo conmigo.
Jose Tiburcio Roldán (Rubricado). Antonio Ruiz (Rubricado).
Huanuco Junio 4 de 1818
Notifiquese al Capitan Graduado Don Jose Binia fiador del Presvitero
Don Antonio Ruiz exiva en este Jusgado dentro de segundo dia la cantidad
contenida en el Decreto de la vuelta bajo de apercivimiento de ejecucion y
embargo. Se cometia Don Tiburcio Roldan. Asi lo proveí con testigos a falta
de Escribano.
Travitaso (Rubricado). Testigo: Jose Tiburcio Roldan (Rubricado).
(Al margen)
Huanuco 1° de Junio de 1818. En lo principal y otro si pase a dictamen
del Doctor Don Pedro Fuentes Berrio haciendose saver a la parte, y al nom-
brado con agregación de antecedentes. Gonzales (Rubricado).
Señor Gobernador Yntendente
El Licenciado Don Antonio Ruiz clerigo Presvitero vecino de esta ciu-
dad ante Vuestra Señoría con todo respeto, y como mejor proceda de derecho
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