Page 511 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            de voces, y solo guiado de este resentimiento me acrimina lo intimé con pena
            de la vida redondamente segun lo denota la declaracion del proceso; más se-
            gún aparece de las declaraciones de Don José Narbarte, Don Lorenzo Domin-
            guez, y Don Fernando Palomino y de la suya propia a pedimento mio, esta
            de manifiesto perjuró pues en presencia de los predichos expone en primer
            lugar lo intime con pena de la vida de los Yndios terjibersando razones con el
            objeto de acriminarme, como si yo me huviese valido de exprecion tan tosca,
            propia de un hombre poco versado en el idioma Castellano, y a la vista esta la
            malicia con que reproduce pues en su primera declaracion lo notifiqué dice
            redondamente con pena de la vida, y en su segunda a mi pedimento y ante los
            testigos expone con pena de la vida de los Yndios, y en segundo lugar tambien
            perjuró, por que haciendo referencia de que le preguntaron en su declaracion
            en ese Govierno y ante quienes le intimé yo la supuesta orden? dijo contestó
            no ha verse hallado a esa ora nadie, sin embargo de que tuvo presente estuvie-
            ron Don Nicolás Rosas y José Ponce, los denegó por no incomodarlos. Más
            nada hay que admirar de que un hombre basto que no save lo que es y contie-
            ne el juramento falto de religion y sin temor a Dios perjure por incomodar a
            dos individuos, quando tambien lo hace exponiendo contra quien se hallava
            resentido, logrando la ocacion para su benganza. La misma deposicion hace
            Eusebio Dávila hombre sin costumbres, torpe, y del todo denegado a la re-
            ligion, quando es cierto que a ninguno hice tal cominacion, y menos a el a
            quien dije expresamente no se moviese y que se estuviera en su casa. Más este
            perjuro bomitó contra mi todo el beneno que depositara su alma desde que
            nueve meses siendo yo alcalde de la montaña lo tuve preso en un cepo por no
            querer hacer una declaracion que interesava a la administracion de Justicia.
                    José Ponce declara contra mi faltando a la berdad del juramento tanto
            en el proceso, como en mi pedimento, ciendo cierto y evidente lo acaecido de
            mi primera pregunta, se me supone haverle dicho que si no salia a buenas, lo
            haria salir por fuerza. Este hombre torpe, livertino y sin religion despues de
            haver guardado en su corazón la ponsoña de resultar de haverlo tenido preso
            en un cepo por que apareció complice en unas heridas perpetradas con palo
            y cuchillo, resultivo de la sumaria seguida ante mi en tiempo que fui Alcalde
            de la Montaña a logrado ahora a costa del perjuro devengar este agravio expo-
            niendo no solo lo dicho, sino que tambien me fulmina de seductor, expresan-
            do que hasta aquella intimacion se havia hallado aquella Quebrada tranquila,
            quando consta por la declaracion de Don Lorenzo Dominguez havian fugado



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