Page 358 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
P. 358

Volumen  1
                                                                Lección sobre la ley 39 de Pánfilo
                    Igualmente en el libro 19,  aunque nada es dejado sin libertad por
                                             89
            el señor a su propio siervo, no obstante reivindica con rectitud que, desde el
            día de la muerte, estén a su disposición las apropiadas sustancias de los testa-
            mentos, como las llama SYMACO en Epist., a través de estas palabras: «Había
            dejado a los esclavos a la custodia del templo y los había legado del heredero
            con estas palabras: Pido y confío de tu fe que des, te hagas responsable en me-
            moria mía de mis esclavos a los que dejo al cuidado del templo con alimento
            mensual y vestido seguro anual a cada uno. Se preguntó: como todavía el tem-
            plo no fuera construido, desde el día de su muerte, deben, acaso, los esclavos
            desde el tiempo en que el templo estuviera verdaderamente libre de problemas
            apropiarse del legado testamentario? Respondió: en el oficio de juez se entien-
            de que el heredero debe ser obligado a prestar las cosas dejadas a los siervos
            hasta que el templo sea construido». Por causa de la especial inclinación del
            testador hacia los esclavos se sostiene el mandato del señor contra la regla
            común del derecho.
                    Que el siervo tiene sus propios bienes por voluntad del dueño afirma
            ULPIANO  cuando dice: «Este que ha sido adquirido con sus monedas —
                       90
            Epístola de los hermanos emperadores a Urbino Máximo— es reducido a esta
            condición para que alcance la libertad, parágrafo 1. Y en primer lugar, parece
            que se dice, sin duda, que no es propio que, pudiendo tener el esclavo sus
            monedas, sea comprado con ellas. Coniuentibus oculis, citando a JACOBO
            GODOFREDO, significa simulando el dueño la verdad, metáfora inspirada
            en aquellos que ven cualquier cosa, pero no quieren ver y cierran los ojos.
            Esto, pues, es dicho con sentido por ULPIANO:  Establecí, por así decirlo, la
                                                          91
            dote del señor a los siervos. Señores son llamados por SENECA  y establecer
                                                                         92
            testamentos dice PUNIO.  También de esta manera nuestro SCEVOLA, ce-
                                     93
            rrando justamente los ojos, declaraba en su época que los alimentos deben ser
            dados al siervo sin libertad por amor del testador a partir del momento de su
            muerte. Dije en su época, porque desde la Constitución de JUSTINIANO,
                                                                                     94
            los esclavos toman para sí los legados testamentarios y no pasan al nuevo se-
            ñor, esto es, al heredero. He aquí las palabras de la ley: «Para observar esto
            ____________
            89. D. in leg. 17. Dig. de Aliment. vel cibar. Legat.
            90. Lib. 6. Disput. in leg. 4. Dig. de Manumission.
            91. In leg. 39. Dig. de iure dotium.
            92. Lib. 7. de Benef.
            93. Lib. 8. Epist. 16.
            94. In leg. Quídam 5. Cod. de necessar. serv. hered. Instit.


                                               357
   353   354   355   356   357   358   359   360   361   362   363