Page 514 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
y haviendo llegado por la bondad de Dios felizmente a esta nuestra capital en
que nos hallamos posesionados, despues de pasar un largo y penoso camino,
con las incomodidades y fatigas que son consiguientes; a que se aseguraron las
que son imprehensindibles a nuestra pastoral solicitud, teniendo presentes es-
tos recomendables fines que por la Tridentina Sinodo, en diferentes capitulos
y expezialmente en la sesion veinte y cuatro, capitulo diez de Reformatione, se
ponen de manifiesto por estas palabras: Ut sciat et rideat propriu Pastor qua-
liter eclesia ipsa spiritualiter et temporaliter gubernetur. Assi para el descargo
de nuestra conciencia como por lo que toca al bien espiritual de vuestras al-
mas hemos resuelto comenzar la vissita en esta ciudad desde el domingo pri-
mero de Cuaresma que se publicará con las ceremonias acostumbradas y en su
conformidad os exortamos y en virtud de santa obedienzia mandamos que
todas las personas que algo supieren de lo infraescrito o de otros vizios o pe-
cados publicos cuia correccion y castigo pertenezca a nuestra jurisdiccion
eclesiastica lo bengais a dezir, denunciar y manifestar, con apercivimento que
no lo haziendo se prozederá contra los que rebeldes fueren por todo rigor.—
Primeramente si saveis que los curas del Sagrario de esta nuestra catedral,
venefiziados, capellanes, sacristanes o las demas personas eclesiasticas sirven
sus ofizios con la onestidad, decenzia y diligenzia que conbiene; asistiendo
cada qual a lo que es obligado, assi son negligentes expezialmente en la adm-
nistrazion de los Santos Sacramentos o ssi algunas personas han muerto sin
recibirlos por su culpa, assi los adultos en los de la confesion, sagrado viatico
y extremauncion, como los parbulos en el del santo baptismo, o ssi han mani-
festado repugnancia quando los llaman a sacramentar a sus feligreses tratando
con aspereza a los que han venido, por ser ora incomoda u otra causa que
pretesten; y si por la dicha razon no ha sido pronto el socorro y se ha diferido
con visible peligro de los pazientes, para otro tiempo. Ytem si los dichos curas
han sido puntuales en ministrar al pueblo de la doctrina evangelica a sus pa-
rroquianos, por medio de su explicazion y platicas los domingos y dias festi-
vos solemnes; y si quando estan lexitimamente impedidos acuden a este ofizio
por su theniente u otro que subrrogue su lugar, como se halla declarado por el
Tridentino y recomendada su puntual observancia por nuestro mui Santo Pa-
dre Benedicto catorce, o ssi como esta prevenido por el Concilio Provinzial
terzero de Santo Toribio y la Real Ordenanza cuidar se enseñe diariamente la
doctrina christiana a los parbulos de uno y otro sexo y a los demas sus feligre-
ses los tres dias prevenidos en cada semana, a saver miercoles, viernes y
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