Page 591 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
P. 591
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
que al corregidor de la de Tinta, vecina y próxima a ésta, Don Antonio Arriaga
lo habían ahorcado en el pueblo de Tungasuca, uno de los de su jurisdicción y
distante de este diez y ocho leguas por orden del cacique de él, Don José Tupa
Amaro con tumulto y alzamiento que formó de sus indios y de los de otros
pueblos y habiendo suspendido el juicio de tal novedad a poco rato llegó a
visitarme el señor Doctor Don Miguel Martínez, cura propio de esta doctrina
en compañía de otros clérigos y vecinos de este pueblo y a pocas palabras me
confirmó tal novedad y que tenía cartas de ello que le habían llegado, y que
también un europeo había llegado, que refería lo había visto ahorcar y las ocu-
rrencias del fracaso; por tanto y para autenticarlo en la forma que corresponde
y disponer lo conveniente al real servicio en nombre del Rey nuestro señor,
exorto a los señores Alcaldes ordinarios de este pueblo y en el mío les ruego
y encargo manden comparecer ante mí al europeo que se asegura está en él
y ha venido de la provincia de Tinta con la referida noticia, para que jure y
declare lo que en el asunto supiere y fecho que sea pasese este mismo exorto al
señor cura de esta dicha doctrina, a quien en los mismos términos le exorto y
suplico se sirva a continuación, de poner certificación de todo lo que sepa en
el asunto, agregando las cartas que su merced refiere tener para en su virtud
acordar lo que convenga de real servicio. Que en hacerlo así los dichos Alcal-
des y el señor cura cumplirán con sus obligaciones, como fieles vasallos del
Rey nuestro señor. Que es fecho en este dicho pueblo de Santa Rosa provincia
de Lampa en catorce días del mes de noviembre de mil setecientos y ochenta,
actuando con testigos a falta de escribano.— Lorenzo Sata y Subiria.— Do-
mingo Mango.— Pedro de Béjar.
(Al margen: Notificación).
En el dicho pueblo de Santa Rosa, provincia de Lampa en catorce días
del mes de noviembre de mil setecientos y ochenta, en virtud del anterior
exorto del señor Corregidor de la provincia de Azángaro, pasé a notificar a
Don Santiago Bolaños, pasajero chapetón, compareciese a la casa y morada de
dicho señor Corregidor, para que efectue lo que se previene y para que conste
lo puse por diligencia, que no firmé por no saber, pero rogué a un testigo que
lo fue Don José Antonio de Heredia, vecino de este pueblo, lo hiciese por mí
y por la autoridad de Alcalde ordinario que soy de este pueblo, quien lo firmó
con otros testigos que se hallaron presentes.— A ruego del dicho Alcalde y
como testigo.— José Antonio de Heredia.— Feliciano Jimenez.— Pedro de
Béjar.
590