Page 498 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen 3
Inicio de la rebelión
Don Juan Ortiz.— Sebastián José de Ocampo.— Doctor Francisco Javier de
Olleta.— Ante mí.— Tomás de Gamarra, Escribano Público.
(Al margen: Diligencia).
En la ciudad del Cuzco, en diez y ocho de noviembre de mil setecien-
tos y ochenta años. Yo el escribano leí e hice saber el decreto antecedente al
Capitán Don Juan Ortíz en su persona de que doy fe. Tomás de Gamarra,
Escribano Público.— Concuerda este traslado con la carta, declaraciones y de-
más diligencias que en él se refieren, que están y quedan en el archivo de esta
Real Junta de Guerra a que me remito, y para que de ello conste donde con-
venga de mandato verbal de los señores de dicha Real Junta, doy el presente en
esta ciudad del Cuzco en veinte días del mes de noviembre de mil setecientos y
ochenta años, siendo testigos José Fanola, Lorenzo Loayza y Esteban Holgado
presentes.— Y en fe de ello lo signo y firmo.— En testimonio de verdad.— Un
signo.— Tomás de Gamarra, Escribano Público.
(Al margen: Carta).
Excelentísimo señor.— Señor: El empleo en que me ha constituído la
Junta General de esta ciudad nombrándome Comandante de las armas auxi-
liares de las provincias del obispado me obligan a poner en la alta conside-
ración de Vuestra Excelencia los movimientos de guerra que experimenta-
mos. Ya sabrá Vuestra Excelencia, por los expresos que se han dirigido, los
sobresaltos en que se halla esta ciudad y los cuidados que ocupan nuestros
corazones por la sublevación que José Tupa Amaro, Cacique del pueblo de
Tungasuca, provincia de Tinta, ha tramado contra el reino y la corona. Será
Vuestra Excelencia también sabedor del parricidio que este infiel cometió con
su corregidor Don Antonio Arriaga, infiriéndole la afrentosa muerte de horca
en cuya ignominia fueron compañeros otros europeos, a quienes con artifi-
cial disimulo sorprendió para lograr sus alevosos desgnios. No ignora Vuestra
Excelencia las falsas órdenes que este Rebelde ha comunicado a los caciques
de todas las inmediatas provincias, previniéndoles por ellos, que nuestro so-
berano le ordena deguelle y ahorque a los corregidores, justicias, oficiales de
rentas, administradores y empleados en cualesquiera cargo; como asimismo le
manda haga cesar y extinguir los derechos de aduana, alcabala y que el tributo
sólo sea de la corta pensión de dos pesos anuales, con otras fingidas libertades
con las que ha conmovido tanto los ánimos de los indios que, engrosando el
vil partido de sus secuases, llega su número crecido a hacerse temible y
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