Page 484 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen  3
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            derecho para ser el gobernador de indios; y así por ésta le digo, no proceda a
            mandar ni ocupar a la miserable gente, pues, los robos y ladrocinios de usted
            se acabarán. Viva usted bien se le estimará; pero si no verá usted lo que le su-
            cede.— Todo el fierro que trugesen entregará usted al gobernador Don Juan
            Esteban Pacheco, a cuyo cuidado dejo encargado, que lo que se le debiese de
            fletes pagará dicho Gobernador bien inteligenciado; que si falta una libra será
            usted responsable. Y ya le digo a usted, que no le pese después, pues, yo quiero
            que todos vivamos en paz y sin perjuicio de estos ladrones.— Los caciques de
            los ayllos que sin razón los tenían nombrados de segundas Don Antonio Ju-
            rado y Don Agustín Taina quienes cobrarán los tributos que es cuanto puedo
            decirle. Pomacanche y noviembre catorce de setecientos y ochenta.— Beso la
            mano de usted su muy afecto.— Don José Tupa Amaro Inca.


                    (Al margen: Auto).
                    En la ciudad del Cuzco en diez y seis días de noviembre de mil sete-
            cientos y ochenta años el señor General Don Marcos Antonio de la Cámara,
            Alcalde ordinario de primer voto en ella y su jurisdicción por Su Majestad
            como juez de la Real Junta de Guerra dijo: Que para inquirir los hechos acae-
            cidos en el pueblo de Tungasuca, provincia de Tinta, sobre la muerte de horca
            que le hizo dar José Tupa Amaro, Cacique de dicho pueblo, al Coronel Don
            Antonio de Arriaga, Corregidor de la citada provincia y a fin de investigar los
            demás que ha practicado de hostilidad el referido, se hace preciso que Evaristo
            Delgado, Cacique y cobrador de tributos del pueblo de Papres en la provincia
            de Quispicanche, que ha venido a esta dicha ciudad hoy día de la fecha, haga
            su declaración jurada, dando razón de lo que ha presenciado y le consta y de
            lo demás que ha oído sobre las disposiciones y designios del Alzado.— Y así lo
            proveyó, mandó y firmó de que doy fe.— Don Marcos Antonio de la Cámara
            y Escudero.— Ante mí Ambrosio Arias de Lira, Escribano Público


                    (Al margen: Declaración).
                    Y luego incontinenti dicho señor Alcalde hizo comparecer al dicho
            Evaristo Delgado, de quien, por ante mí el presente Escribano, le recibió jura-
            mento que lo hizo por Dios nuestro Señor y a una señal de cruz, según forma
            de derecho, so cargo de él prometió decir la verdad de lo que supiere y se le
            fuere preguntado y siéndolo al tenor del auto de la vuelta dijo: Que ha venido
            con ánimo de dar parte de lo que en presencia suya ejecutó dicho Tupa Amaro



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