Page 481 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
                    (Al margen: Carta).
                    Muy señores míos: Ayer diez y ocho, cogí un propio de Tupa Amaro
            con unos papeles, cuyas copias incluyo, y aunque estaba determinado a salir
            hoy muy temprano para dirigirme con mi gente hacia los altos de Acomayo
            o Corma, para cuyo efecto tenía dada orden que me dijesen misa a las cua-
            tro de la mañana, he, suspendido mi marcha por la fatal noticia que vuestras
            mercedes verán en la adjunta declaración, y así espero que vuestras mercedes
            determinen lo que tengan por conveniente en vista de lo acaecido y de lo de-
            más que informará a vuestras mercedes el portador, que es hombre de razón,
            a quien podrán vuestras mercedes despachar con la mayor brevedad.— Nues-
            tro Señor guarde a vuestras mercedes muchos años. Paruro diez y nueve de
            noviembre de mil setecientos ochenta.— A las tres de la mañana.— Beso la
            mano de vuestras mercedes su más seguro servidor.— Manuel de Castilla.—
            Concuerda este traslado con la declaración y carta originales que en él se refie-
            ren, que están y quedan en poder de los señores de la Real Junta de Guerra de
            esta ciudad del Cuzco, a que me refiero y para que de ello conste de su orden
            verbal doy el presente en veinte días del mes de noviembre de mil setecientos
            ochenta, siendo testigos Don Toribio Cano, Don Tomás Gamarra y Francisco
            de Luna.— Y en fe de ello lo signo y firmo. En testimonio de verdad.— Un
            signo. Miguel de Acuña.— Escribano de Su Majestad y Público.


                    (Al margen: Bando).
                    Don Fernando Inclán y Váldez, Caballero del hábito de Santiago, Te-
            niente de Capitán general, Corregidor y Justicia mayor de ésta ciudad del
            Cuzco y su jurisdicción por Su Majestad.— Dijo: Que por cuanto es preciso
            sostener por cuantos medios se nos presenten la religión católica, que por la
            misericordia del Altísimo profesamos, y como cristianos protestamos vivir y
            morir en ella, donde el culto debido a las imágenes sagradas las que se sabe
            que han sido ultrajadas por José Tupa Amaro y sus faccionarios, y se verifica
            por el suceso acaecido en la iglesia del pueblo de Sangarará, la que con des-
            acato e irreverencia notoria, estando colocado el Santísimo Sacramento hizo
            incendiar; la dejó poluta por la efusión de sangre de los que dentro de ella, en
            sus puertas y cementerio, mandó herir y matar el día diez y seis de este dicho
            mes; invadiendo a los españoles con armas ofensivas la multitud de gente con
            que lo sorprendió. Y siendo este un delito de execrable naturaleza y por tal,
            prohibido con graves penas por los derechos canónicos y reales, a quien se



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