Page 227 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            primero, que respecto de que el armamento se halla en un estado de debilidad,
            que pudiera sernos muy sensible en el caso de invasión, se apliquen todos los
            esfuerzos necesarios para su reforma y aumento; y porque para esto y el de
            municiones de guerra, se necesitan algunas cantidades, sin que en nosotros
            haiga facultad de exigirlas de las cajas de Su Majestad hasta nuevo orden supe-
            rior, destinemos todos alguna parte de nuestros respectivos intereses a los ex-
            presados fines, dando a la superioridad parte con una exacta cuenta y razón,
            que se llevará de los gastos, que en esto se impendiesen para su abono; o para
            que en caso de declaración contraria, tengamos la satisfacción de haber dado
            a Su Majestad y a la Patria este testimonio de nuestro amor y fidelidad.— Lo
            tercero, que para que se vea, que por mi parte me explico con el ejemplo, se
            gire por de contado sobre los quinientos cuarenta pesos de mi honorario
            anual, hechándose desde ahora mano en virtud del adjunto libramiento de los
            tres meses de este prest que tengo devengados en el presente año: Cantidades
            que podrán invertirse, ya en los objetos significados o ya en cualesquiera otros
            del asunto del día, según las necesidades que por ocurrentes se presentaron en
            la Junta de ayer.— Lo cuarto, que se envíe a mi posada por cien libras de pól-
            vora de calidad y trescientas de ptomo, éste entregado en el día y aquellas en
            el término de veinte días, en que podrá facilitarlas el operario, que ha de la-
            brarlas.— Lo quinto, que se me de licencia para formar por el pronto y aprieto
            en que nos vemos una compañía de cincuenta hombres con sus respectivos
            oficiales, quedando enteramente a mi arbitrio la elección de sujetos para ella,
            de modo que su fidelidad no merezca dudosa, dicha compañía se vestirá a mis
            expensas con el uniforme, que usan los Miñones de campaña a saber: Con
            casaqueta azul, chupín y vuelta encarmada, gorra o sombrero correspondien-
            te; respecto de que el enemigo, que se recela necesaria esta especie de oposi-
            ción militar, mas bien que la de tropa reglada en la forma ordinaria. Asimis-
            mo, me obligo a dar esta compañía disciplinada en el término de dos meses, a
            fin de que nos sirva desde luego en lo que se ofreciere y de que se agrada Su
            Excelencia el pensamiento pueda quedar en esta ciudad establecida con el
            nombre de Compañía fija, pues mi oferta sólo se extiende a el entretanto en
            que vaguen los órdenes convenientes del Superior Gobierno, que tranquilicen
            las presentes inquietudes. Y respecto de que en esta ciudad no hay proporcio-
            nes para mí, ni otro alguno de aprontar en el día el armamento necesario a
            dicha compañía, pido se haga con las armas, que están almacenadas en la ciu-
            dad para su defensa, quedando a mi cargo la provicion de municiones de



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