Page 224 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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            cuerpo de milicias y con solo las providencias dadas por el Señor Corregidor
            y el Ilustre Cabildo se va reconociendo la quietud y se debe creer se conseguirá
            en el todo con las justificadas providencias de Su Excelencia. Pero con todo es
            conveniente la prevención, y mas teniendo a la vista el y lo que se vocifera de
            otras partes y debemos creer, que nuestras anticipadas providencias y guar-
            dias pueden haber impedido los contrarios intentos del ordinario pueblo; y
            debiendo continuarse la fatiga, hallo por necesaria la paga de dos ayudantes,
            que tienen diario trabajo en las distribuciones de los órdenes, este es mi voto
            y sentir, y lo expongo con la fidelidad y pureza que debo. Cuzco veinte y siete
            de marzo de mil setecientos ochenta.— Miguel Torrejón.—

                    (Al margen: Otro)
                    Habiendo oído la tan arreglada propuesta hecha por el Señor Corregi-
            dor, como Teniente de Capitán General en este Consejo de Guerra, a que so-
            mos convocados digo, como Coronel que soy del Regimiento de Infantería de
            Chumbivilcas, que mi parecer es, que en primer lugar se reconozcan todas las
            armas y se pongan corrientes, de modo que con satisfacción se puedan usar de
            ellas en los casos que se necesitase.— Que los cañones y pedreros de artillería,
            se reconozcan del mismo modo y puestos en el cuarto o paraje mas seguro e
            inmediato a la puerta de la entrada de las casas de este cabildo, donde existe la
            Caja Real y tesoro de Su Magestad, estando cerrada ésta de noche con centi-
            nelas se pueda abocar dicha artillería para impedir cualquier avance violento,
            que los mal contentos quieran intentar hacer, para apoderarse de las armas y
            caudal de Su Magestad, que se encierra en dichas cajas reales y cabildo.—
                    Que, asimismo, se enumere toda la gente española, que se considere
            hay en la ciudad y que ésta comparezca ante el dicho Señor Corregidor a darse
            a conocer y manifestar las armas que cada uno tuviere, para que usen de ellas
            siempre que se les mande.— Que ninguno de estos salga de la ciudad, sin li-
            cencia del Señor Corregidor ni menos entre ninguno en ella sin presentársele
            inmediatamente para que sea también numerado, agregándose a la lista que se
            hiciere.— Que de los propios y rentas de la ciudad se señale algún sueldo a los
            dos ayudantes, que se ocupan en ejecutar los órdenes que se les imparte por
            dicho Señor Corregidor, como para citar a los sujetos que cada día entramos
            de guardia en el principal y que de dichos propios y rentas se costee cualquiera
            otro corto auxilio que se ofreciere en el discurso de la noche.— Pólvora, ba-
            las y artilleros que velaren, etcétera.— Este es mi sentir. Cabildo del Cuzco y



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