Page 562 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Volumen  1
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            se aprobó esta determinación por el Señor Felipe IV.  Las proposiciones del
                                                               44
            Doctor Iturrizarra apuntadas en sus vistas como Promotor Fiscal de los ex-
            pedientes del Corregidor de Tinta son mucho más temerarias, audaces, falsas
            y escandalosas; y aún más perjudiciales a las Soberanas Regalías, por lo cual
            debe tener fatales consecuencias.
                    El Cura de Asilla Don José Maruri fué declarado auxiliar del Cacique
            Rebelde, José Gabriel Túpac Amaru, y se interesó en las empresas de éste, faci-
            litándole plata de su peculio y gente de su Doctrina, según está probado en su
            causa, por lo cual se halla convicto y confeso de traidor al Rey.
                    Y en la misma clase deben considerarse el Doctrinero de Pampamarca
            Don Antonio López de Sosa, con su Ayudante Bejarano, aún con mayor ra-
            zón; porque habiendo podido evitar la muerte del Coronel Don Antonio de
            Arriaga, la sublevación y sus funestísimas consecuencias, como se asienta a
            los números 57 y 64, de la Consulta segunda, tan distantes estuvieron de im-
            pedir estas lamentables desgracias, que celebraron la tragedia del Corregidor,
            públicamente, con su homicida, fomentándole de este modo sus sacrílegos
            proyectos hasta que afectando fidelidad se vinieron al Cuzco.
                    No  hallamos  frases  adecuadas  para  ponderar  la  iniquidad  de  estos
            eclesiásticos, porque unos procedimientos tan infieles, impíos y tiranos los
            hacen parecer verdaderamente extranjeros de la humanidad; pues se les vé
            desnudos aun de aquellos sentimientos propios de racionales con que todos
            nos condolemos del hombre más delincuente en el suplicio. Ni tampoco para
            explicar la tolerancia de los magistrados de Lima hacia ellos y los curiales;
            pues a vista de tantos y tan grandes convencimientos de su complicidad en de-
            litos tan enormes, ni siquiera les han hecho la menor reconvención, quizás por
            respeto al carácter sacerdotal, o quizás preocupados del error vulgar de que
            no pueden ser punidos los eclesiásticos por los jueces seculares; cuya propo-
            sición quiso también establecer como incontrovertible Iturrizarra, asentando
            en sus vistas que la citada ley 8a ni sus capítulos no debían entenderse con las
            personas de aquel fuero. Pues es muy de extrañar que tanto los tribunales del
            Perú, cuando el Doctor Iturrizarra que tiene formado tan sublime concepto de
            su sabiduría, ignoren que aun antes de promulgarse aquella moderna sanción,

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            44. Fraso, Tomo 1° Capitulo 34 a N° 50. Simile aliud Adducit. [nota del autor]




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