Page 557 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
capítulos canónicos. El Concilio Tridentino afirma que ya había mostrado
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la experiencia, que la publicación de Censuras, con temeridad o ligereza, sólo
conduce a que más se desprecie que se tema esta terrible espada de la Iglesia,
ocasionando daños y desolaciones en lugar de producir utilidades. Y júzgue-
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se, sin parcialidad ni partido, si pudo ser más ligera y temeraria la excomu-
nión disparada contra el Corregidor de Tinta, mediante no haber intervenido
más mérito para ella, que la competencia en las representaciones. Arriaga era
excesivamente nimio en la observancia de las leyes; celaba con mucha escru-
pulosidad las Regalías Reales; la causa cuyo conocimiento se le disputaba era
de su resorte, indudablemente, según el sentido literal de la ley apuntada. Los
curiales, no contestos con habérsela avocado atentamente, pretendieron que
el Corregidor de Tinta condujese al Cuzco, a su disposición, siete provincia-
nos legos, que suponían autores o cabezas de los tumultos de Yauri. Y la justa
resistencia a esta desordenada solicitud fué existimada del Provisor, por que-
brantamiento de los preceptos de Nuestra Santa Madre Iglesia, como lo pu-
blicaron los cedulones; y también causa suficiente para negarle la absolución,
en más de dos meses, no obstante haberla demandada sumisamente todo este
tiempo, representando los irreparables perjuicios que de la demora se seguían
al servicio del Rey y a la causa pública de su provincia; no obstante haberle
presentado dos Reales Provisiones de la Audiencia de Lima, por las cuales se
le mandó impartir la absolución.
Don Antonio de Arriaga interpuso apelación al Metropolitano, y sólo
se le concedió en un efecto. Promovió el Real auxilio de la fuerza; pero no
fué bastante para impedir la Censura, ni tampoco para facilitarle la absolu-
ción. Las leyes tienen preparados estos remedios, para impedir las violencias
y hostilidades de los jueces eclesiásticos contra los ministros y vasallos del
Rey; pero al Corregidor de Tinta no le aprovecharon, por el poderoso partido
que tenía el Señor Moscoso en los Tribunales, según queda manifestado en
las representaciones. El pretexto con que se negó la absolución, tan obstina-
damente como se reconoce, fué caviloso y de puro arbitrio inventado por el
Provisor (mejor diremos que el Obispo), con el objeto de reprimir, y contristar
al Coronel Arriaga hasta el extremo; haciendo supuesto de que no se le
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41. Capítulo Nemo. Cap. Nullus. Cap. Epíscopi. Quest. 3 e resecande. Corripiantur. Cap. Ecce, cum alus 24. Quest 3. cap. Sacro de
Sententia escomunicationis. cap Romana eodem título in 6. [nota del autor]
42. Concil. Trident Ses 25 de Reformat Cap. 3 ibi: Sobrie tanem, magnaque circunpectione (gladius excomunicationis) exercendus
est; cum experientia doccas, si timere aut, levibus ex rebus incutiatur, magis contemni, cuam formidari etc. perniciem potins parere,
cuam Saluten. [nota del autor]
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