Page 518 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Directorio de siete miembros. El Poder Ejecuti-  "La administración económica y financiera del
                  vo designa a cuatro, entre ellos, al Presidente.  Estado se rige por el presupuesto que anualmente
                  El Senado designa a los tres restantes y ratifica  aprueba el Congreso". Hasta ahí, no hay discu-
                  a los nombrados por el Poder Ejecutivo con el  sión. La parte que sigue es la que solicito sea
                  voto de dos tercios del número legal de sus miem-  reconsiderada; dice: "La estructura del presu-
                  bros.                                       puesto del sector público contendrá dos seccio-
                                                              nes: gobierno central y gobiernos municipales,
                  Todos los directores del Banco Central de Re-  independientemente de los demás niveles".
                  serva son nombrados por un período de seis años.
                  No representan a entidad ni interés particular  Obviamente, podría señalarse que esta reconsi-
                  alguno. El Congreso puede removerlos por falta  deración es meramente formal, porque si hace-
                  grave. En caso de remoción, los nuevos directo-  mos memoria, en el momento en que aproba-
                  res completan el mismo período.             mos el artículo 84º no teníamos aprobado el ré-
                                                              gimen de descentralización y, por tanto, no po-
                  Fernando Olivera Vega."                     díamos mencionar a las regiones. Por ello, sólo
                                                              se mencionó al gobierno central, a las municipa-
                  "Reconsideración                            lidades y se tuvo que recurrir a ese eufemismo
                                                              de decir "independientemente de los demás ni-
                  Artículo 100º.— El Estado reconoce la prioridad  veles".
                  del sector agrario dentro del desarrollo nacio-
                  nal. Promueve y participa en la organización de  Ahora ya tenemos aprobado el régimen de des-
                  un sistema financiero para la pequeña y media-  centralización y, por consiguiente, solicitamos que
                  na agricultura. Fomenta el incremento de la pro-  se reconsidere con el siguiente texto, sólo esa
                  ducción y de la productividad, así como la mo-  parte del primer párrafo: "La estructura del pre-
                  dernización del agro mediante el apoyo a la in-  supuesto del sector público contendrá dos sec-
                  vestigación y a la extensión agrarias. Adopta  ciones: gobierno central e instancias descentra-
                  medidas tributarias y arancelarias que aseguren  lizadas —punto seguido—. En esta última sec-
                  la competitividad de la producción agraria na-  ción, se consignarán las transferencias a cada una
                  cional frente a medidas proteccionistas o discri-  de las regiones y a las municipalidades provin-
                  minatorias de otros países.                 ciales y distritales".

                  Julio Castro Gómez.— Fernando Olivera.— José  La columna vertebral del régimen de descentra-
                  Barba Caballero.— Róger Cáceres Velásquez.—  lización, que hemos hecho bien en aprobar, es el
                  Henry Pease García."                        considerar que las municipalidades son las pro-
                                                              tagonistas de la descentralización. Justamente,
                  El señor PRESIDENTE.— A partir de este      en el aspecto presupuestal se manifiesta en que
                  momento tenemos treinta minutos para que los  no se mencione simplemente que la estructura
                  representantes de los diversos grupos parlamen-  del presupuesto del sector público debe dividir-
                  tarios puedan hacer uso de la palabra.      se entre gobierno central y las regiones y muni-
                                                              cipalidades, porque podríamos cometer el error
                  Vamos a conceder el uso de la palabra a una per-  de hacer que las regiones reciban las transferen-
                  sona por grupo político.                    cias del sector público y ellas transfieran, a su
                                                              vez, a las municipalidades los recursos que de-
                  Tiene la palabra el señor Juan Guillermo Carpio.  bieran corresponderles. De esta manera, esta-
                                                              ríamos poniendo en tela de juicio el principio de
                  El señor CARPIO MUÑOZ (R).— Señor Pre-      que las municipalidades tienen que ser las pro-
                  sidente, señores representantes: En el artículo  tagonistas de la descentralización.
                  84º, del cual pedimos reconsideración, me han hon-
                  rado con su adición los congresistas Juan Carrión,  Es por eso que sugiero que se ponga la aclara-
                  de Renovación; Manuel Moreyra, del SODE;    ción específica de que las dos secciones son: "...
                  Alexander Kouri, del PPC; Fernando Olivera y  gobierno central e instancias descentralizadas.
                  Ernesto Gamarra, del FIM; Julio Díaz Palacios,  En esta última sección, se consignarán las trans-
                  del MDI; Jorge Velásquez Gonzáles, del FRENA-  ferencias a cada una de las regiones y a las mu-
                  TRACA; y Gustavo García, del MIA. Además,   nicipalidades provinciales y distritales".
                  espero que la bancada mayoritaria esté de acuer-
                  do con esto, porque en realidad es complemen-  De esta manera, si en la Ley de Presupuesto del
                  taria a la propuesta de descentralización, que  Sector Público están las transferencias que se
                  hemos hecho bien en aprobarla.              tienen que hacer a las municipalidades, éstas no
                                                              tendrán por qué mendigar a las regiones el que
                  El artículo 84º, sólo en su primer párrafo, dice:  se les otorgue una transferencia; lo tendrán con-



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