Page 316 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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gislativo Nº 763, que es una norma con una lado, y esa situación es un caso típico del interés
retroactividad maligna en contra de los pensio- social es decir, la expropiación en favor de ter-
nistas que ganaron legal y legítimamente sus ceros, es el caso del saneamiento físico-legal
derechos; y, segundo, respecto de la precisión que de los asentamientos humanos marginales.
hemos alcanzado a la Comisión de Constitución
en el sentido de que hay una involuntaria omi- Entonces, señora Presidenta, el doctor Kouri,
sión en la disposición transitoria aprobada por el haciendo uso de la palabra, precisó el punto de
Congreso el pasado 7 de julio, la cual única y ex- vista del Partido Popular Cristiano en el sentido
clusivamente establece la exigencia y la obliga- de que deberíamos contemplar expresamente
ción de hacer reajustes periódicos a aquellos tra- esta situación excepcional. Convinimos en que
bajadores que están vinculados al sector priva- no se introdujera en la parte principal, pero nos
do, desconociendo a aquellos pensionistas igua- parecía que sí debía ser contemplada específica-
les en dignidad y, por tanto, en derechos del mente en una disposición transitoria.
sector público del Decreto Ley Nº 20530 y nor-
mas complementarias, que tienen el derecho a la Ésta es nuestra tercera disposición transitoria:
nivelación de sus pensiones para poder vivir con "Para los efectos del saneamiento físico-legal de
dignidad. los asentamientos humanos marginales, los pro-
cedimientos de expropiación continuarán suje-
Por eso, señora Presidenta, quería ratificar mi tos a la Ley Orgánica de Municipalidades y a las
coincidencia con la propuesta de la doctora disposiciones especiales sobre la materia, pudién-
Lourdes Flores y plantear que debe votarse la dose invocar en ellos el interés social".
adición, incorporando el concepto de nivelación,
para poder lograr una justicia real no sólo en el En caso contrario, señora Presidenta, habría el
sector público, sino también en el sector priva- riesgo de que, habiendo desaparecido la causal
do. del interés social para expropiaciones y a pe-
sar de que, como advertimos, la Ley de Pueblos
Gracias. Jóvenes era confusa al remitir a la necesidad y a
la utilidad pública, alguien pudiera sostener
La señora PRESIDENTA. Puede continuar, mañana que esa ley ha devenido en inconstitu-
señorita Flores Nano. cional, porque ya no se puede invocar el interés
social. Por eso, consideramos que esta situación
La señorita FLORES NANO (PPC). Resu- especial, que atañe a millones de pobladores en
miendo nuestra posición en esta materia, esti- el país, debería ser expresamente contemplada,
mamos que nuestra primera disposición comple- y ése es el sentido de nuestra tercera disposición
mentaria y transitoria precisa con más claridad transitoria que hemos alcanzado oportunamen-
los asuntos que hemos señalado: "Se respetan los te.
derechos adquiridos de los pensionistas que a la
fecha se encuentren sujetos a los regímenes es- Y el otro tema final al cual me quiero referir en
tablecidos por los Decretos Leyes 19990 y 20530 fin, son tantas las materias sobre las cuales se
y sus modificatorias. A partir de la fecha de en- podría hablar es el relativo a la estabilidad la-
trada en vigencia de la nueva Constitución es nulo boral.
todo acto o resolución que ordene la acumula-
ción de servicios prestados bajo regímenes dife- Nosotros hemos convenido primero, como par-
renciados de la actividad privada y pública". tido; y luego, en el debate en que una disposi-
ción en el texto principal, en el capítulo relativo
Que quede claramente establecido el respeto a al trabajo, indique que la ley brinda protección
los derechos adquiridos, la norma sobre reajuste adecuada frente al despido arbitrario.
y, en todo caso, una prohibición a futuro para
que no puedan acumularse esos derechos. Ésta Las fuerzas políticas de oposición, en el texto al-
es la primera materia. ternativo, hemos agregado el tema del seguro de
desempleo, que la ley fijará, que la ley desarro-
La segunda materia tiene que ver con un punto llará y cuyas condiciones deberían ser materia
que discutimos cuando aludimos a expropiacio- de debate oportuno. Pero consideramos que es
nes. Allí nosotros consideramos que era oportu- importante hacer una precisión con respecto a
no eliminar la causal del interés social como cau- este tema.
sa de expropiación. Por las razones que dimos en
ese debate, estimamos que ésa era una forma de Así como en materia pensionaria hemos sido muy
dar mayor seguridad a la propiedad privada. claros en señalar que por razones de Estado, de
Empero, señalamos también en ese momento que la economía, de la hacienda pública, hace falta
había una situación que no podíamos dejar de eventualmente revisar el régimen pensionario y
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