Page 316 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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gislativo Nº 763, que es una norma con una  lado, y esa situación es un caso típico del interés
                  retroactividad maligna en contra de los pensio-  social —es decir, la expropiación en favor de ter-
                  nistas que ganaron legal y legítimamente sus  ceros—, es el caso del saneamiento físico-legal
                  derechos; y, segundo, respecto de la precisión que  de los asentamientos humanos marginales.
                  hemos alcanzado a la Comisión de Constitución
                  en el sentido de que hay una involuntaria omi-  Entonces, señora Presidenta, el doctor Kouri,
                  sión en la disposición transitoria aprobada por el  haciendo uso de la palabra, precisó el punto de
                  Congreso el pasado 7 de julio, la cual única y ex-  vista del Partido Popular Cristiano en el sentido
                  clusivamente establece la exigencia y la obliga-  de que deberíamos contemplar expresamente
                  ción de hacer reajustes periódicos a aquellos tra-  esta situación excepcional. Convinimos en que
                  bajadores que están vinculados al sector priva-  no se introdujera en la parte principal, pero nos
                  do, desconociendo a aquellos pensionistas —igua-  parecía que sí debía ser contemplada específica-
                  les en dignidad y, por tanto, en derechos— del  mente en una disposición transitoria.
                  sector público del Decreto Ley Nº 20530 y nor-
                  mas complementarias, que tienen el derecho a la  Ésta es nuestra tercera disposición transitoria:
                  nivelación de sus pensiones para poder vivir con  "Para los efectos del saneamiento físico-legal de
                  dignidad.                                   los asentamientos humanos marginales, los pro-
                                                              cedimientos de expropiación continuarán suje-
                  Por eso, señora Presidenta, quería ratificar mi  tos a la Ley Orgánica de Municipalidades y a las
                  coincidencia con la propuesta de la doctora  disposiciones especiales sobre la materia, pudién-
                  Lourdes Flores y plantear que debe votarse la  dose invocar en ellos el interés social".
                  adición, incorporando el concepto de nivelación,
                  para poder lograr una justicia real no sólo en el  En caso contrario, señora Presidenta, habría el
                  sector público, sino también en el sector priva-  riesgo de que, habiendo desaparecido la causal
                  do.                                         del interés social para expropiaciones —y a pe-
                                                              sar de que, como advertimos, la Ley de Pueblos
                  Gracias.                                    Jóvenes era confusa al remitir a la necesidad y a
                                                              la utilidad pública—, alguien pudiera sostener
                  La señora PRESIDENTA.— Puede continuar,     mañana que esa ley ha devenido en inconstitu-
                  señorita Flores Nano.                       cional, porque ya no se puede invocar el interés
                                                              social. Por eso, consideramos que esta situación
                  La señorita FLORES NANO (PPC).— Resu-       especial, que atañe a millones de pobladores en
                  miendo nuestra posición en esta materia, esti-  el país, debería ser expresamente contemplada,
                  mamos que nuestra primera disposición comple-  y ése es el sentido de nuestra tercera disposición
                  mentaria y transitoria precisa con más claridad  transitoria que hemos alcanzado oportunamen-
                  los asuntos que hemos señalado: "Se respetan los  te.
                  derechos adquiridos de los pensionistas que a la
                  fecha se encuentren sujetos a los regímenes es-  Y el otro tema final al cual me quiero referir —en
                  tablecidos por los Decretos Leyes 19990 y 20530  fin, son tantas las materias sobre las cuales se
                  y sus modificatorias. A partir de la fecha de en-  podría hablar— es el relativo a la estabilidad la-
                  trada en vigencia de la nueva Constitución es nulo  boral.
                  todo acto o resolución que ordene la acumula-
                  ción de servicios prestados bajo regímenes dife-  Nosotros hemos convenido —primero, como par-
                  renciados de la actividad privada y pública".  tido; y luego, en el debate— en que una disposi-
                                                              ción en el texto principal, en el capítulo relativo
                  Que quede claramente establecido el respeto a  al trabajo, indique que la ley brinda protección
                  los derechos adquiridos, la norma sobre reajuste  adecuada frente al despido arbitrario.
                  y, en todo caso, una prohibición a futuro para
                  que no puedan acumularse esos derechos. Ésta  Las fuerzas políticas de oposición, en el texto al-
                  es la primera materia.                      ternativo, hemos agregado el tema del seguro de
                                                              desempleo, que la ley fijará, que la ley desarro-
                  La segunda materia tiene que ver con un punto  llará y cuyas condiciones deberían ser materia
                  que discutimos cuando aludimos a expropiacio-  de debate oportuno. Pero consideramos que es
                  nes. Allí nosotros consideramos que era oportu-  importante hacer una precisión con respecto a
                  no eliminar la causal del interés social como cau-  este tema.
                  sa de expropiación. Por las razones que dimos en
                  ese debate, estimamos que ésa era una forma de  Así como en materia pensionaria hemos sido muy
                  dar mayor seguridad a la propiedad privada.  claros en señalar que por razones de Estado, de
                  Empero, señalamos también en ese momento que  la economía, de la hacienda pública, hace falta
                  había una situación que no podíamos dejar de  eventualmente revisar el régimen pensionario y



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