Page 258 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
P. 258

réndum; pero, si se trata de cambios que no sig-  La señora PRESIDENTA.— Tiene la palabra
                  nifiquen una transformación integral de la Cons-  el doctor Castro Gómez.
                  titución, debería permitirse que sólo opere el me-
                  canismo de la aprobación por el Congreso y su  El señor CASTRO GÓMEZ (MDI).— Señora
                  promulgación por el Poder Ejecutivo, según los  Presidenta, colegas: El Título VI tiene un solo
                  planteamientos que he formulado.            artículo que define los mecanismos de la refor-
                                                              ma constitucional. Creo que la modificación al-
                  La señora PRESIDENTA.— Continúe, doctor     canzada por la Comisión tiene algunos aspectos
                  Flores-Araoz Esparza.                       positivos; pero aún es necesario que sea mejorada,
                                                              perfeccionada.
                  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  Mil gracias, señora Presidenta.             En primer lugar, nos parece sumamente positi-
                                                              vo, y está contenido en nuestra propuesta, que
                  Otra observación es que si la mayoría ha aproba-  toda reforma constitucional deba ser ratificada
                  do un sistema unicameral, es decir que en una  mediante un referéndum. Nos parece importan-
                  sola vuelta se aprueban, modifican o derogan las  te que esto se haya  recogido; forma parte de
                  leyes, porque no hay ya una cámara revisora, se  nuestra propuesta; la mayoría ha modificado la
                  está proponiendo que sigamos el mismo procedi-  suya, y estamos de acuerdo.
                  miento para lo que es una reforma constitucio-
                  nal, que, indiscutiblemente, por el nivel de la  Pero también debemos recordar que en el deba-
                  norma, requeriría un sistema que permita una  te sobre el Congreso de la República, en los artí-
                  mayor reflexión.                            culos respectivos, no se ha definido el número ni
                                                              la duración de las legislaturas del Congreso
                  Por lo tanto, si tenemos un sistema unicameral,  unicameral. Eso debe tenerse en cuenta, porque
                  y no vamos a tener una cámara revisora, yo pro-  nosotros planteamos que, previo al referéndum
                  pongo que por lo menos las reformas constitu-  de los ciudadanos para la reforma constitucio-
                  cionales sean vistas en dos legislaturas. No po-  nal, ésta necesariamente debe ser aprobada por
                  dríamos estar, con lo que ustedes proponen, yen-  el Congreso en dos legislaturas ordinarias.
                  do permanentemente a referéndum para intro-
                  ducir las reformas constitucionales, que, de re-
                  pente, no han sido suficientemente meditadas.  Por eso planteamos que la mayoría considere la
                                                              necesidad de que una reforma constitucional, una
                  Éstas no son leyes de todos los días. Se supone, o
                  debería suponerse, que una Constitución debe  vez aprobada en una legislatura ordinaria, sea
                  tener cierta estabilidad y que las reformas debe-  siempre ratificada en una segunda legislatura,
                  rían darse únicamente cuando son indispensa-  para inmediatamente después ser ratificada me-
                  bles. Por eso, yo propondría, y ojalá la maquinita  diante referéndum.
                  y su digitador lo acepten, dos legislaturas.
                                                              Por otro lado,  coincidimos plenamente, y está
                  El tercer punto es que la reforma constitucional  en nuestras propuestas, en que la ley de reforma
                  no sea susceptible de observación. Es el Congre-  constitucional no es susceptible de observación
                  so el que tiene el poder constituyente y el poder  por el Poder Ejecutivo. Esto está contenido en la
                  de la reforma constitucional. Por lo tanto, por la  actual Carta Magna, está propuesto en nuestra
                  propia naturaleza de la norma constitucional o  alternativa constitucional, y es entendible. Jus-
                  su modificación, ella tiene que ser inobservable  tamente, para que sea promulgada esta Consti-
                  y, en consecuencia, declararse expresamente ese  tución que estamos terminando de debatir, nece-
                  carácter de inobservabilidad.               sariamente debe ser primero puesta a conside-
                                                              ración de los ciudadanos en la consulta popular
                  Por otro lado, y en esto creo que el doctor Róger  del referéndum; y, en consecuencia, todas las mo-
                  Cáceres tiene toda la razón, es necesario señalar  dificaciones a la misma deben seguir este mismo
                  claramente que esta Constitución no podrá   trámite de aprobación, sin la observación del Pre-
                  modificarse, ni dejarse sin efecto, si no es por los  sidente de la República.
                  mecanismos que ella misma consagra. Si bien no
                  hay vacunas para los golpes de Estado, como las  También nos parece importante señalar que el
                  hay para las enfermedades, es preferible tener  proyecto de reforma constitucional que se pre-
                  esta norma, aunque sea ineficiente, ya que por  senta al Congreso, debatido en la legislatura or-
                  lo menos generará —qué le puedo decir, señora  dinaria, requiere para su aprobación la mayoría
                  Presidenta— un recogimiento de corazón para  calificada de los miembros del Congreso, es de-
                  que cuando menos haya, si no arrepentimiento,  cir, la mayoría absoluta de los votos del número
                  cargo de conciencia.                        legal de miembros del Congreso. Es necesario
                                                              dejar esto claramente establecido en este artícu-
                  Gracias, señora Presidenta.                 lo sobre la reforma constitucional.



                                                          2014
   253   254   255   256   257   258   259   260   261   262   263