Page 226 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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noventa y ocho mil casos, de los cuales quedan los congresistas puede hacerlo, un "equis" por-
pendientes sólo dos mil. centaje del número de alcaldes provinciales po-
drá hacerlo; no uno sólo.
Creo por eso que la independencia de ese tribu-
nal debe ser garantizada. Es muy importante que Éstos son los puntos que en principio quería
se garantice. Y como ya estamos saliendo del es- mencionar como sugerencias para la Comisión;
quema de vocales de la Corte Suprema que se- el resto, la parte jurídica en sí, lo harán los ilus-
rían seleccionados, en su caso, por el Consejo tres abogados de mi bancada.
Nacional de la Magistratura, sugiero que reexa-
minemos lo que a este respecto establece la Car- Muchas gracias, señor Presidente.
ta de 1979: que tres de sus miembros, de un total
de nueve, son designados por el Congreso, tres El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el
por el Ejecutivo y tres por la Corte Suprema; en señor Jorge Velásquez.
este caso tendría que ser por el Consejo Nacional
de la Magistratura, probablemente, según la in- El señor VELÁSQUEZ GONZÁLES (FNTC).
terpretación que le quieran dar los especialistas Muchas gracias, señor Presidente.
en Derecho Constitucional. Pero me parece que
habría que regresar a un formato de esa clase Lo primero que tenemos que tocar es la desapa-
porque ése es, en efecto, un supertribunal. rición del Tribunal de Garantías Constituciona-
les, con cuya vigencia nuestro partido está ple-
La idea que tuvimos en 1979, de poner una cali- namente de acuerdo.
ficación de esta naturaleza, fue que tenía que
juzgar los actos de los tres poderes; por consi- El 5 de abril de 1992, cuando el señor Presidente
guiente, tenía que estar por encima y ser el resu- de la República, sin consultar al pueblo, toma la
men de la fuerza de los tres poderes en términos fatídica decisión de cerrar el Congreso, suspende
de Derecho Constitucional, que sería una buena al Poder Judicial, suspende al Parlamento y sus-
manera de hacer que el mencionado Derecho pende al Tribunal de Garantías Constituciona-
Constitucional tenga una vigencia mucho más les. Sin embargo, el Parlamento ha sido restitui-
do, lo propio el Poder Judicial; pero en cuanto al
clara.
Tribunal de Garantías Constitucionales, el señor
Presidente declaró la "pena de muerte", y preci-
¿Qué conoce el Tribunal de Garantías Constitu- samente así se especifica en este capítulo que
cionales? Eso es cuestión de hombres de derecho nosotros tocamos el día de hoy.
y no quiero entrar en ese punto. Pero, ¿quiénes
están facultados para interponer acción de Señor, el proyecto elimina el Tribunal de Garan-
inconstitucionalidad?, me imagino que por excep- tías Constitucionales y el dispositivo de la Carta
ción aunque aquí creo que es por acción consi- de 1979 que fundamentalmente defendía el inte-
derando esta nueva terminología. Son el Pre- rés de todos los peruanos. Ahora, de acuerdo a lo
sidente, el Fiscal, el Defensor del Pueblo, de acuer- que nosotros podemos observar, el Tribunal de
do; veinticinco por ciento del número de congre- Garantías Constitucionales deviene en una de-
sistas, se puede discutir pero en principio ya hay pendencia más del Poder Judicial; pero, es más,
algo de esto; diez mil ciudadanos, cincuenta mil pasa a depender del poder político porque sus
me parecía demasiado, es difícil de obtener y diez integrantes son nominados por el Consejo Na-
mil se puede controlar mejor desde el punto de cional de la Magistratura.
vista de su autenticidad. Y también los alcaldes
provinciales, punto en el que concuerdo con lo Ya hemos criticado ampliamente por qué el Con-
expuesto por Martha Chávez en el sentido de que sejo Nacional de la Magistratura no debía ser
hay desbalance entre lo que un alcalde provin- nominado de la forma como se ha aprobado en la
cial pueda hacer y lo que sólo pueden hacer vein- Carta constitucional. Hoy vemos que se produce
ticinco por ciento de los congresistas o el propio un nuevo error que puede ser sumamente peli-
Presidente de la República, para citar algunos groso. El Tribunal de Garantías Constituciona-
casos. les debe ser algo autónomo, una organización
totalmente independiente del Poder Judicial; es
Por consiguiente, creo que está bien que los al- decir, desligada del poder político.
caldes tengan opción de entrar en el juego de su
propio terreno para acusar de inconstitucionalidad El Consejo Nacional de la Magistratura, a suge-
disposiciones que emanando del poder afecten al rencia de la Corte Suprema, nomina treinta per-
sistema municipal; pero, habría que poner una sonas que son sometidas al Presidente de la Re-
cierta cuota parecida a la de los parlamentarios, pública, es decir, al Poder Ejecutivo. De dicho
donde se señala que el veinticinco por ciento de número se escogen quince; posteriormente es el
1982