Page 154 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Por tal motivo, propongo dos cláusulas adiciona- locales incluidos, en Brasil es del sesenta y seis
les. Para garantizar las competencias, sugiero el por ciento, es decir, el sesenta y seis por ciento se
siguiente texto: "Las competencias del gobierno invierte en las provincias y la diferencia, el trein-
nacional, los gobiernos regionales o departamen- ta y tantos por ciento, en la capital, el Gobierno
tales y los gobiernos locales o municipios, serán Central; en Colombia es del cincuenta y cuatro
establecidas por una ley orgánica de manera de punto dos por ciento; en Chile es del cincuenta y
garantizar la coordinación, concurrencia, subsidia- dos punto siete por ciento; en la India es del cin-
ridad y no interferencia entre los diferentes nive- cuenta y dos punto tres por ciento; en México es
les de gobierno". del cuarenta y siete punto cinco por ciento. Y así
podría seguir: Ecuador y Uruguay, cuarenta y cua-
Creo que esto es fundamental, porque de lo con- tro punto cuatro por ciento, respectivamente; Ve-
trario a futuro va a haber problemas de rozamien- nezuela, cuarenta y uno por ciento; El Salvador,
tos entre las autoridades provinciales y departa- treinta y nueve por ciento; Costa Rica, treinta y
mentales, y entre el propio Presidente de la Re- siete por ciento; Bolivia, treinta y siete por ciento.
pública y los presidentes departamentales.
Señor Presidente, yo hablo poco, por lo que le ro-
En cuanto a la autoridad, considero que debe es- garía que me deje terminar, creo que es un asunto
tablecerse una jerarquía. Si al Presidente de la fundamental.
República le estamos atribuyendo facultades para
poder clausurar el Congreso, qué pasa cuando un En el Perú es solamente de tres punto ocho por
presidente regional se rebela y no cumple una dis- ciento. Fíjense en la diferencia entre Perú y Bra-
posición. sil, o con cualquier otro país: prácticamente no
llega ni a la veinteava parte de la inversión. Esto
La Constitución colombiana, por ejemplo, tiene es lo que ha generado a través de los años una
un artículo parecido, del cual he recogido la si- distorsión en nuestro desarrollo.
guiente redacción: "El Presidente de la Repúbli-
ca, en los casos taxativamente señalados por la Otro cuadro indica cómo se han distribuido a tra-
ley tiene que especificarse para evitar el abuso vés del tiempo los ingresos, que oscilan de cuatro-
y los factores políticos o factores adjetivos, sus- cientos treinta y dos en el año 1970 a trescientos
penderá o destituirá a los presidentes de región o sesenta y cinco en 1979, es decir, ha venido decre-
departamentos. Igual atribución tiene el presiden- ciendo.
te regional o departamental sobre los alcaldes pro-
vinciales, y éstos sobre los alcaldes distritales, de La Constitución colombiana establece claramen-
acuerdo a la referida ley". te en un artículo que la participación de los go-
biernos municipales no podrá ser menor del trein-
Creo que se debería haber establecido un marco ta por ciento; pero como ellos invierten en el nivel
de jerarquía con respecto a las competencias y un municipal sólo el treinta y cuatro por ciento, en
marco de jerarquía que permita que el país sea un una cláusula adicional proponen que en un perío-
gobierno realmente unitario y no declarativamen- do de año por año el Gobierno Central vaya recti-
te unitario. ficando y trasladando fondos a los gobiernos loca-
les.
En cuanto a las rentas, que son un factor funda-
mental, ayer el ex alcalde Díaz Palacios leyó una Yo me he permitido presentar dos artículos
relación cuantificando cómo se descentralizaban modificatorios a los planteados por la Comisión,
las rentas en otros países. en aras de garantizar esta descentralización eco-
nómica. En el artículo 6º, inciso 5), que se refiere
Aquí presento un cuadro, en el que quisiera que a las transferencias que realiza el Gobierno Cen-
pongan atención. Uno va a Ecuador o a Bolivia, y tral, precisa en los términos siguientes: "Las trans-
en cualquier pueblo, por pequeño que sea, encuen- ferencias presupuestales, que no podrán ser me-
tra agua, desagüe, servicios, teléfonos. ¿Por qué nores del 25% del Presupuesto General de la Re-
los pueblos peruanos no los tenemos? Yo siempre pública, repartidas proporcionalmente a su pobla-
creí que estábamos mejor que Bolivia, siempre creí ción". Y en el artículo 9º, un artículo similar para
que éramos superiores a Ecuador; pero realmen- los gobiernos regionales, es decir, propongo el cin-
te, vuelvo a decirles con pena, que nuestros pue- cuenta por ciento, no sesenta y tantos por ciento
blos no tienen el desarrollo de estos otros pue- como Brasil, Colombia, etcétera. Y propongo un
blos. No quiero citar a Colombia o Brasil, porque artículo transitorio, de manera que el Gobierno,
la diferencia es mucho mayor. en un período de diez años, haga esta corrección
económica estructural, que dice así: "La partici-
Lo que sucede es lo siguiente: la participación de pación de los Gobiernos Regionales, Departamen-
los gobiernos regionales, ya sean los regionales y tales y Municipalidades Provinciales en los ingre-
1910