Page 153 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Finalmente, ratifico lo que he dicho hace un mo-  continuidad territorial, sancionado mediante Re-
                  mento. Más allá de las críticas contra el centralis-  feréndum; asimismo los Distritos pueden integrar-
                  mo, más allá de todo lo que podemos decir y de lo  se a otra Provincia dentro de su Departamento o
                  que se escribe sobre centralización, yo invocaría  Región, de acuerdo a ley".
                  una mayor participación no solamente de los
                  miembros de este Parlamento, sino del país en su  El artículo 4º representa una gran novedad, pues
                  totalidad. Solamente cuando el país entero parti-  por primera vez se concede la autonomía política
                  cipe en la toma de decisiones para su desarrollo  en la descentralización. Esto significa un avance
                  podremos estar hablando de un país descentrali-  muy positivo que no pudimos conseguir los pro-
                  zado.                                       vincianos en la Constitución de 1979. Y por otro
                                                              lado se establece por primera vez la función del
                  Gracias, señor Presidente.                  alcalde como ejecutivo y de la asamblea munici-
                                                              pal como asamblea legislativa normativa, lo que
                  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el   es también muy positivo.
                  ingeniero Torres Vallejo.
                                                              En el artículo 5º, se incluyen dentro de las capaci-
                  El señor TORRES VALLEJO (CD).— Señor        dades de los municipios el "crear, regular, modifi-
                  Presidente: Quiero unirme a aquellas personas  car y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios,
                  que han expresado que este proyecto es superior  licencias y derechos", que es un pedido en el que
                  al inicial, así como sumarme a las felicitaciones  han insistido todos los alcaldes del Perú y que
                  que se les ha dado a los miembros de la Comisión  ahora se satisface.
                  de Descentralización y de la Comisión de Consti-
                  tución y de Reglamento, por este proyecto alter-  Yo tengo aquí el oficio enviado por el secretario de
                  nativo que indudablemente nos garantiza ya un  la AMPE, que es una institución formada por las
                  buen régimen de descentralización.          municipalidades del Perú, no por los alcaldes. Las
                                                              municipalidades, generalmente, se hacen repre-
                  Particularmente estuve muy preocupado cuando  sentar por sus alcaldes. En la AMPE he tenido la
                  vi el proyecto original, por lo tanto felicito ahora a  oportunidad de juntarme con gente de diferentes
                  los autores del proyecto.                   partidos, como Julio Díaz Palacios, Eduardo
                                                              Orrego, etcétera, pero nunca discutimos de políti-
                  Este proyecto en algunos aspectos supera a la  ca, siempre tratamos de unirnos por la experien-
                  Constitución del 1979 y en otros puede perfeccio-  cia municipal común. No nos importaba la ideolo-
                  narse. He tenido la suerte de haber sido dos veces  gía política del alcalde, su partido, sino cómo con-
                  munícipe, dos veces alcalde, presidente de mi de-  seguir la descentralización.
                  partamento, y desempeñar cargos públicos en el
                  nivel nacional, lo cual me da experiencia sobre los  Yo tengo cinco minutos, no concedo interrupcio-
                  diferentes niveles de gobierno.             nes.
                  Por ejemplo, me alegro que se haya recogido el  La AMPE nos ha hecho un pedido de veintitrés
                  artículo 3º, pues no se aprobó en la Carta de 1979.  puntos y casi todos han sido satisfechos en este
                  Yo presenté sendos proyectos, de 1985 a 1990, que  proyecto. Yo quiero decirles a los alcaldes y a las
                  también fueron desaprobados.                municipalidades del Perú que su reclamo está con-
                                                              templado aquí, salvo cuatro puntos que serían dis-
                  Sin embargo, quiero plantear un cambio de re-  cutibles: el 3º y el 13º, que se refieren a que se
                  dacción, porque en esta metodología existen dos  consigne específicamente la renta que les corres-
                  problemas: cuando una jurisdicción territorial  ponde del Presupuesto de la República; el 17º,
                  quiere cambiar de departamento, de región, o  sobre la inmunidad, puede ser motivo de una ley
                  cuando ésta quiere cambiar, dentro de su misma  para discutir posteriormente, y la ratificación del
                  región, de provincia. Hay distritos que quieren  artículo 256º de la Constitución, que considera
                  cambiar de una provincia a otra porque no tienen  como una de las funciones fundamentales de los
                  ninguna vinculación con la provincia a la que per-  municipios el organizar a su colectividad para que
                  tenecen; en cambio, habrá departamentos o pro-  participe de su propio desarrollo.
                  vincias que quieren fusionarse a otro departamen-
                  to o inclusive distritos que quieren fusionarse a  Sin embargo, este proyecto adolece de dos cues-
                  otro departamento.                          tiones fundamentales: primero, falta de claridad
                                                              en las funciones de los gobiernos municipales,
                  Entonces, propongo la siguiente redacción para el  gobiernos regionales y el gobierno nacional, que
                  artículo 3º: "Las Regiones se constituyen por ini-  a la larga crea interferencias; y segundo, no defi-
                  ciativa y mandato de las poblaciones de los De-  nición de la autoridad entre el gobierno nacional,
                  partamentos, Provincias y Distritos que tengan  gobierno regional y gobierno municipal.



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