Page 832 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
P. 832
variadas posiciones, en que nos hemos colocado ni engañemos a los pueblos del Perú. Un alcalde
en las antípodas, en que nos amenazan con cam- no va a ser más poderoso porque tenga la capaci-
pañas a lo largo y ancho del país. Encantada, se- dad de designar a aquellos que van a nombrar a
ñor Presidente, donde quiera y siempre bien ves- los jueces; un alcalde va ser más poderoso si es
tida. que definimos claramente las rentas que le per-
miten cubrir las grandes áreas de la tarea muni-
Cuando nosotros objetamos que el Consejo cipal: la de los servicios públicos y la del desarro-
Distrital de la Magistratura fuera designado por llo. Ése es su ámbito.
los alcaldes provinciales, no lo hacemos porque
queramos disminuir la función de los alcaldes del Entonces, no compliquemos un esquema de Es-
país, ni mucho menos. Con orgullo, creo conocer tado, la organización del Estado peruano, bajo el
bastante mi país. Estoy segura de que puedo sofisma de sostener que porque el conjunto de
conocer, en algunos de los casos de ustedes, los alcaldes va a nombrar a siete consejeros dis-
señores miembros de la mayoría, representantes tritales, que a su vez van a nombrar a los jueces,
de sus destacados departamentos, más provincias estamos fortaleciendo a los gobiernos locales del
que muchos de ustedes. Estoy tan segura, que país. Por eso le acepto el reto del debate al doc-
podría citar algunos casos: estoy convencida de tor Ferrero en el lugar del Perú que quiera, por-
que conozco más provincias que el señor Carlos que estoy absolutamente convencida de que los
Reátegui, en el departamento de Loreto. No sé, pobladores no se van a sentir satisfechos porque
por ejemplo, si él ha estado en Cabo Pantoja, en a su alcalde se le haya dado una potestad indi-
la frontera. Estoy segura de que conozco algunas recta de nominar a señores que, a su vez, van a
provincias más que algunos de los destacados nombrar a los jueces. Ustedes están absolutamen-
representantes de Arequipa. No sé, por ejemplo, te convencidos cuán grande va a ser el poder de
si ellos han estado en Condesuyos, en Caylloma. esos alcaldes, pero a la larga, por esa vía indirec-
Estoy segura de que nos podemos dar mano a ta, no tienen ningún poder ni influencia sobre el
mano con el señor Nakamura, que suele mos- juez designado.
trar buen conocimiento de su departamento, pero
no sé si él ha estado en San José de Sisa. Estoy Yo hubiera entendido que se quiera fortalecer el
segura de que conozco más provincias que el se- rol municipal si, como en algún momento pen-
ñor Zevallos, en Ucayali. No sé si él ha estado en samos, la justicia de paz no letrada, por ejemplo,
Atalaya o en el Purús. Y estoy segura, conocien- se entregara a las municipalidades. Eso hubiera
do más o menos bien el departamento de podido ser una alternativa, y hubiera habido ahí
Huánuco, porque no sé si mi amigo Tello habrá un tipo de justicia municipal, como la que existe
estado en Ambo o en Marañón. por ejemplo en Brasil, donde, en efecto, hay una
justicia comunal dependiente de la municipali-
Pero, justamente porque creemos conocer la rea- dad.
lidad de nuestro país es que vamos a insistir con
mucha fuerza en las funciones que las provin- Pero me parece bien la tesis que se ha adoptado.
cias del interior del país deben tener a nivel de Y fue una tesis que no se propuso en la mayoría,
sus gobiernos locales, pero precisamente por eso sino que, recogiendo un planteamiento del Cen-
queremos concentrarlas en aquellas áreas que les tro de Investigaciones Judiciales, nosotros la hi-
son vitales. Evidentemente, los ejemplos que el cimos nuestra y logramos finalmente que se in-
doctor Flores-Araoz ha citado, que tienen que ver trodujera en la Comisión de Constitución. Creo
con el manejo urbano, son fundamentales en que ésta es una forma de acercar la justicia al
nuestro proyecto, y ojalá la mayoría corrija esa pueblo; por ejemplo, permitiendo que las comu-
fórmula genérica en cuya virtud afirma que le nidades campesinas participen y lamento que
traslada todo a las municipalidades, sabiendo que no se haya dicho con claridad que también las
esa fórmula no traslada nada. Ojalá precise las rondas, porque solamente se les ha puesto como
claras competencias que los gobiernos locales auxiliares de las comunidades, a diferencia de lo
deben tener. que nosotros planteamos en nuestro proyecto
alternativo. Creo que ésa es una forma de hacer
Pero si queremos fortalecer una democracia que más popular la justicia, pero aquí sólo se está
nazca de abajo hacia arriba, pues debemos defi- otorgándosele a los alcaldes un poder teórico, que
nir claramente el ámbito de lo municipal. Y no no va a ser real, y complicando una función que
se fortalece más a un órgano de poder porque se en cambio tiene que fortalecerse en las áreas de
le otorgue competencias que no son propias de los servicios públicos y del desarrollo, tema en el
su actividad. Es falso que a un alcalde se le vaya cual espero que los amigos de provincias luchen
a hacer más poderoso porque tenga la capacidad porque sus autoridades tengan el poder que
de nombrar a los siete consejeros del Consejo necesitan y, fundamentalmente, las rentas que
Distrital de la Magistratura. No nos engañemos necesitan.
1710