Page 817 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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luchan denodadamente por el desarrollo de sus a existir entonces todavía sin precisar con qué
pueblos. Como representante nacional y ex al- nombre y si es que este Pleno lo aprueba un
calde provincial, me siento obligado a intervenir cuerpo de alcaldes provinciales, que es mucho
en este punto para desagraviarlos por una ex- más funcional y más representativo que ocho,
presión que considero injuriosa. quince o diecinueve concejos provinciales.
En lo que el colega Serrato sí tiene razón es en la Ése es el motivo.
invocación que formula a la Comisión de Consti-
tución en el sentido de que se vea un mecanismo El señor PRESIDENTE. Puede continuar,
más adecuado para la participación de los alcal- señor Díaz Palacios.
des en la conformación del Consejo Distrital de
la Magistratura. Y me permito hacer una suge- El señor DÍAZ PALACIOS (MDI). Correc-
rencia en esa dirección. to.
Considero que, efectivamente, si son los alcaldes Con esa aclaración, en todo caso, de todas mane-
provinciales los que tienen, o tendrían de ras es pertinente una modificación en la redac-
acuerdo a esta proposición del artículo 176º de la ción, para que esta potestad no sea interpretada
Comisión de Constitución, la potestad de ele- como una facultad de los alcaldes provinciales,
gir siete de los candidatos para conformar el Con- sino del órgano que represente o que esté con-
sejo Distrital de la Magistratura, van a optar, pro- formado por los alcaldes provinciales de cada cir-
bablemente, por decisiones de carácter estricta- cunscripción.
mente personal. Pienso que sería mucho mejor y
más representativo que esa potestad de elegir a De otro lado, creo que ese aspecto, efectivamen-
los siete candidatos, entre los quince que se les te, debiera ser una competencia muy puntual que
van a proponer, sea una facultad del órgano de debe incorporarse en el capítulo respectivo de
gobierno de la municipalidad provincial, donde descentralización que posteriormente veremos.
están mayoría y minorías y, por lo tanto, eso im-
pediría que se actúe con un criterio estricta- Eso es todo.
mente político partidario.
El señor PRESIDENTE. Puede hacer uso
De modo que, en atención a esta reflexión, su- de la palabra el señor Carlos Ferrero.
giero una modificación del segundo párrafo del
artículo 176º en el sentido siguiente: "La autori- El señor FERRERO COSTA (NM-C90).
dad regional seleccionará de dicha relación a Señor Presidente: Hay varias razones que abo-
quince candidatos, que presentará a los concejos nan a favor de nuestro cambio en esta tesis.
provinciales me refiero a los concejos provin-
ciales municipales de la circunscripción, quie- El señor Flores-Araoz ha sido bastante crítico en
nes a su vez elegirán de la misma a los siete miem- estas materias, porque él probablemente no ha
bros del Consejo Distrital de la Magistratura". usado bien sus anteojos hoy día, está mirando
Nos parece que esta alternativa sería mucho mal. Donde el doctor Flores-Araoz ve política, no
mejor. hay casi nada de política; y donde él no ve políti-
ca, es donde sí hay política. Entonces, está ocu-
El señor FERRERO COSTA (NM-C90). rriendo que, como si se hubiera vuelto bizco, a la
¿Me permite una interrupción? derecha ve la izquierda y a la izquierda ve la de-
recha. Esto ocurre por la razón que voy a expli-
El señor DÍAZ PALACIOS (MDI). Sí, cole- car: en primer lugar, el Partido Popular Cristia-
ga Ferrero, con la venia del señor Presidente. no, al que pertenece el doctor Flores-Araoz, fue
el grupo político que originó el sistema por el cual
El señor PRESIDENTE. Puede interrum- los vocales supremos del Perú eran ratificados
pir, señor Ferrero Costa. por el Congreso de la República; es decir, si hay
algún grupo político que carga sobre sus hom-
El señor FERRERO COSTA (NM-C90). bros la responsabilidad de haber obligado a los
Gracias, Presidente. peruanos a elegir jueces políticos, es el Partido
Popular Cristiano en esta Constitución vigente.
¿Sabe usted, doctor, por qué eso no sería posible
o conveniente? Porque en el nuevo esquema de Señor, pero ahora ellos olvidan esto porque, como
descentralización que está planteando la Comi- no quieren ver lo que estamos mirando ahora,
sión que preside Miguel Velit, se ha generado un dicen: "¡Qué barbaridad!, ustedes crean un Con-
organismo que agrupa a los municipios provin- sejo de la Magistratura que en el fondo es una
ciales de una circunscripción departamental. Va manipulación política del Ejecutivo". A mí, lo
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