Page 772 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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unicameral. Nosotros, señor Presidente, hemos Sin embargo, quiero hacer ver que esta posible
expresado nuestra discrepancia con este mode- opción por la disolución o por la renovación, en-
lo. Nos preguntamos, ¿en un modelo unicameral traña también un juego político de poder que no
es conveniente la disolución?, ¿es adecuado que podemos dejar de advertir. Porque, señor Presi-
el Presidente de la República pueda suspender dente, el Presidente de la República al que uste-
las funciones del Congreso de la República? des han reforzado en sus atribuciones...
El doctor Torres y Torres Lara, en un trato polí- El señor CHIRINOS SOTO (R). Una inte-
tico, en una suerte de convenio o pacto de caba- rrupción, señorita Flores Nano.
lleros respetable, del cual nosotros, y dejo cons-
tancia, estamos absolutamente al margen, ha La señorita FLORES NANO (PPC). Cómo
logrado la flexibilidad de ciertas posiciones; por- no, doctor Chirinos.
que cuando fui llamada para preguntarme si
había alguna posibilidad de flexibilizar nuestra El señor CHIRINOS SOTO (R). Simplemen-
posición respecto a la reelección, y repito lo que te, para que no debatamos inútilmente; con su
manifesté hace un instante, dijimos que ese tema venia, señor Presidente.
para nosotros era innegociable. En un pacto que
respeto, se ha flexibilizado. Muy bien. El señor PRESIDENTE. Por favor, prosiga.
Uno de los temas por el que se nos ataca es por- El señor CHIRINOS SOTO (R). Ha desapa-
que se considera que la disolución, tal como está recido la figura de la renovación del articulado
expresada, fortalece al Presidente de la Repú- constitucional. Si revisa el articulado que se le
blica en demasía, y, en consecuencia, vamos a ha alcanzado, verá que no se habla de renova-
ponerle causas objetivas. ción, se está hablando sólo de disolución; ni de
renovación ni de otras formas de revocatoria del
Para nosotros, eso es un avance; pero, para no- mandato parlamentario. De modo que le hago
sotros, la objeción central a la figura de la diso- esa indicación a la doctora Lourdes Flores, para
lución estriba en la situación global. Es decir, que la tome en cuenta.
estamos ante un Parlamento unicameral, y, en
nuestro concepto, colocar en este Parlamento El señor PRESIDENTE. Puede continuar,
señorita Flores Nano.
unicameral la figura de la disolución conlleva en
realidad la desaparición o la suspensión de las La señorita FLORES NANO (PPC). Señor
funciones del Parlamento, aunque se deje una Presidente, debe ser otro cambio reciente acor-
Comisión Permanente, muy poco importante en dado en las últimas jornadas, porque el proble-
los hechos. Es un exceso de poder presidencial. ma con el proyecto de la mayoría era que enun-
ciaba el tema de la renovación, y justamente una
Estimamos que la figura de la disolución tiene de nuestras críticas es que no lo desarrollaba. Si
una razón de ser; puede justificarse en un siste- ahora se ha eliminado la renovación, es un paso
ma bicameral en que una de las Cámaras ejerce que me parece también adecuado.
la tarea política, y, en consecuencia, la disolu-
ción aparece como un mecanismo para que el De forma tal que quedaría retirado este punto,
gobierno exprese su potestad cuando objetiva- si es que ha habido efectivamente como parte
mente está siendo perturbado por la Cámara del convenio de ayer también este retiro o una
política. Sin embargo, subsiste el control propio precisión mayor; sabia negociación de quienes
que ejerce el Senado de la República, y éste no tienen flexibilidad, que no tenemos quienes cree-
es tocado. mos que no se puede transigir en determinados
principios. Si esto es así, lo celebro, pues creo
En el caso que nos ocupa, en el proyecto de la que contribuye a un mejor trato en medio de las
mayoría, esta disolución en los hechos supone dificultades. Solamente reitero, en materia de
la suspensión de las funciones del Parlamento disolución, nuestra primera observación.
nacional, dado que se ha optado por un sistema
unicameral. Pero, además, como lo han hecho A nosotros nos parece que la disolución es facti-
ver distinguidos juristas, este Parlamento ble en la medida en que sea una de las Cámaras,
unicameral queda sujeto a una doble presión: la la Cámara política, la que, en todo caso, como
presión de la disolución, hoy día, cierto es, más correlato a su poder de disolver el Consejo de
restringida; y la de la renovación. Ministros, pueda ser disuelta; pero que siempre
quede el contrapeso de una otra Cámara que
Se me dirá que se va a cuidar de que si una se mantenga a plenitud sus potestades parlamen-
ejerce, la otra no corresponde. tarias.
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