Page 537 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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que allí está el eje fundamental. La defensa de cobrando tarifas altísimas. Hoy día no hay mu-
los derechos humanos en nuestro país reclama nicipalidad que no reciba protesta por esto; y no
la existencia de este alto comisionado, el Defen- hay ninguna autoridad hacia la que se pueda
sor del Pueblo, del cual tantas veces se ha ha- canalizar el sentir del pueblo contra estas arbi-
blado. trariedades.
Y es nuestro concepto que, habiéndose devalua- Hace pocos días se veía un formulario kilomé-
do la función, puesto que todos los magistrados trico de la SUNAT, que supuestamente servía
no cumplieron el rol a la altura de don Gonzalo para simplificar los trámites para el pago de
Ortiz de Zevallos, sino que desgraciadamente impuestos. ¿Cómo realmente vamos a ampliar
fueron minimizando esta tarea, quizás sea me- la cobertura tributaria si, en lugar de darle faci-
jor intentar la experiencia de una nueva institu- lidades al contribuyente y hacerle asequible el
ción ojalá por nacer y surgir de esta nueva pago del tributo, simplemente lo alejamos de él
Carta Fundamental que esté premunida de las por complicárselo? ¿Ante quién reclama? No tiene
facultades y del vigor que esta tarea reclama. ante quién reclamar, señor. Por eso es que la
Defensoría del Pueblo debería ser una institu-
Por eso, señor Presidente, en la esperanza de ción totalmente autónoma, con la suficiente fuer-
fortalecer la función con una institución que za y el suficiente poder para defender a la perso-
nazca decidida exclusivamente a cumplir esta na humana frente a la administración poderosa,
tarea, nosotros apoyamos esta división de fun- que muchas veces se torna arbitraria.
ciones y la creación de una nueva institución, la
del Defensor del Pueblo; y respaldamos, igual- Creemos que hay muchas coincidencias entre el
mente, el hecho de que sea el Congreso de la texto en mayoría que se ha presentado al Pleno
República el que lo designe y el que ejerza sobre y el informe en minoría que presentó Lourdes
él el control adecuado. Flores por el Partido Popular Cristiano. Yo, sin
embargo, voy a intentar hacer algunos aportes,
Espero, señor Presidente, que no se produzcan y ojalá los puedan tomar en consideración, pues
los resultados que ha previsto el doctor Ortiz de creo que podrían ayudar a que este texto fuera
Zevallos, sino que, por el contrario, sea ésta una más entendible.
institución que cumpla la tarea que pudo cum-
plir la Fiscalía de la Nación, pero que, por razo- Por ejemplo, en el artículo 188º, cuando se dice:
nes que ya no son sino de constatación históri- "El Defensor del Pueblo presenta informes al
ca, desgraciadamente, con la honrosísima excep- Congreso una vez al año y cuando éste lo solici-
ción de don Gonzalo Ortiz de Zevallos, ella no ta", podría prestarse a dos interpretaciones. Se
ha cumplido. podría interpretar que una vez al año hay que
presentar obligatoriamente un informe, mien-
Gracias. tras que el Congreso puede solicitar otros de
carácter adicional creo que ése ha sido el cri-
El señor PRESIDENTE. Señor Antero Flo- terio. Pero podría haber una interpretación no
res-Araoz, tiene el uso de la palabra. extensiva, sino restrictiva, y decirse que el De-
fensor del Pueblo presentará informe una vez al
El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC). año siempre y cuando se le solicite; si no se le
Señor Presidente: No quisiera abundar en los solicita, no lo presenta.
conceptos que ameritan que el Defensor del Pue-
blo sea una institución diferente a la del Minis- Yo creo que bastaría con agregar una palabra:
terio Público. Creemos, señor, que este Defen- después del "y" señalar "adicionalmente". Con esa
sor del Pueblo, por las funciones que debe tener, sola palabra se podría solucionar el tema y evi-
debe estar alejado de lo que es Ministerio Públi- tarse la confusión y la doble interpretación. Ojalá
co. el doctor Carlos Torres y "su máquina milagro-
sa" lo hayan tomado en cuenta.
Uno defiende a la sociedad en su conjunto y ejerce
acción penal; pero el otro tiene que defender a Otro tema es el que se refiere al artículo 186º,
la persona humana, muchas veces, como lo ha en el cual se señala que el Congreso es el que
dicho ahora Lourdes Flores, frente al poder pú- elige al Defensor del Pueblo. Como no se ha di-
blico. Y todos los días se presentan montones de cho en este artículo quién lo propone, debería
situaciones que así lo requieren: alcaldes que señalarse que la propuesta y la elección provie-
exigen derechos impagables, simplemente para nen del Congreso, con el fin de evitar tener que
presentar un recurso en la correspondiente mu- discutir luego este tema, que me parece impor-
nicipalidad; o alcaldes que quieren hacer el sis- tante, en la ley de desarrollo de la Defensoría
tema de fumigación y el servicio de fumigación del Pueblo.
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